Recibir una resolución denegatoria, perder el trabajo o llevar meses de baja sin saber qué va a pasar — en todos esos momentos la pregunta es siempre la misma: ¿qué hago primero? La respuesta cambia completamente según la situación. El plazo para reclamar un alta médica es de 4 días naturales; el del paro es de 15 días hábiles; el de impugnar un despido es de 15 días hábiles también, pero contando diferente. Equivocarse de orden o perder un plazo puede costar meses de prestación o el derecho a reclamar para siempre.
La herramienta de arriba selecciona tu situación y te devuelve el árbol de pasos ordenados por urgencia, con los plazos exactos de cada uno.
Buscador de trámites por situación 2026
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Buscador de trámites por situación
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✅ Datos y plazos oficiales 2026
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📋 Me acaban de despedir o ha terminado mi contrato
Tienes plazos muy cortos. Los primeros 5 días son los más importantes.
⚠️ El primer paso es crítico: tienes 15 días hábiles para impugnar el despido si no estás de acuerdo con él. Después ya no puedes.
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Firma el finiquito — pero con cautela
🔴 Antes de salir del trabajo
Tienes derecho a leerlo con calma. Si no estás de acuerdo con la cantidad, firma añadiendo «no conforme» al lado de tu firma. Eso no impide cobrar, pero conserva tu derecho a reclamar.
Sin este paso no puedes solicitar el paro. Hazlo en la oficina del SEPE con cita previa o en la sede electrónica. Cuanto antes mejor — el paro se cobra desde la fecha de inscripción.
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Solicita la prestación por desempleo (paro)
🔴 Dentro de los 15 días hábiles siguientes
Presenta la solicitud en el SEPE con tu DNI, número de cuenta y carta de despido o fin de contrato. Si tienes 360 días cotizados en los últimos 6 años, tienes derecho al paro contributivo.
Si crees que el despido fue improcedente, injustificado o que la indemnización no es correcta, tienes 15 días hábiles para presentar papeleta de conciliación ante el SMAC. Después de ese plazo no puedes reclamar.
Comprueba si tienes derecho a subsidio si no llegas al paro
🟢 Una vez agotado el paro o si no tienes derecho
Con entre 90 y 359 días cotizados puedes acceder al subsidio por cotización insuficiente. Si tienes más de 52 años, existe el subsidio específico para mayores de esa edad.
Si tus ingresos anuales están por debajo del umbral establecido, puedes solicitar el Ingreso Mínimo Vital. Es compatible con buscar trabajo y con el subsidio en algunos casos.
🔴 Día 0 → Firma el finiquito con «no conforme» si hay dudas
🔴 Día 1 → Inscripción en el SEPE como demandante
🔴 15 días hábiles → Solicitud del paro + papeleta conciliación si impugnas
⏸️ Estoy en ERTE
El ERTE no extingue tu contrato — tu empresa sigue siendo la responsable de tramitar la mayor parte.
ℹ️ En el ERTE, la empresa tramita colectivamente la prestación ante el SEPE. Tú no tienes que hacer la solicitud individual — pero sí tienes que conocer tus derechos.
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Confirma que tu empresa te ha dado de alta en la prestación
🟠 Primeros días del ERTE
La empresa comunica al SEPE los trabajadores afectados. Comprueba en tu área personal del SEPE que apareces dado de alta en la prestación por ERTE. Si no apareces, comunícalo a RRHH.
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Comprueba cuánto cobrarás
🟢 Antes de que empiece el ERTE
En ERTE de suspensión total cobras el 70% de tu base reguladora los primeros 180 días y el 60% después. En reducción de jornada, cobras el porcentaje proporcional a la parte de jornada perdida.
Mantén activa tu inscripción como demandante de empleo
🟢 Durante todo el ERTE
Aunque estés en ERTE, mantente inscrito en el SEPE. Si el ERTE termina en despido colectivo, necesitas estar inscrito para acceder al paro desde el primer día.
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Si el ERTE acaba en despido, solicita el paro
🔵 Dentro de 15 días hábiles desde el despido
Los días que cobraste el ERTE no cuentan para el paro. Si quedaban días de prestación antes del ERTE, se reanudan. Si no, necesitas nueva cotización para tener derecho.
El cese de actividad tiene plazos muy estrictos. La baja en Hacienda activa el reloj.
⚠️ Tienes 15 días hábiles desde la baja oficial para solicitar la prestación por cese de actividad. Pasado ese plazo, pierdes días de prestación.
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Da de baja la actividad en Hacienda y en la Seguridad Social
🔴 Inmediatamente al cerrar
Modelo 036 o 037 en Hacienda + baja en el RETA. La fecha de baja oficial es la que activa el plazo de la prestación. No la retrases o perderás días.
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Acredita la causa del cese ante tu mutua
🔴 Junto con la solicitud
No basta con cerrar — debes acreditar una causa legal: pérdidas del 25% en dos ejercicios, deudas impagadas, causas de fuerza mayor u otras previstas en la ley. Reúne la documentación contable que lo acredite.
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Solicita la prestación por cese de actividad en tu mutua
🔴 Dentro de los 15 días hábiles siguientes a la baja
El trámite se hace a través de la mutua con la que cotizabas por cese de actividad, no en el SEPE. Necesitas al menos 12 meses continuados cotizando por cese de actividad para tener derecho.
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Inscríbete como demandante de empleo en el SEPE
🟢 Simultáneamente a la solicitud
Aunque seas autónomo, estar inscrito como demandante es un requisito para cobrar la prestación por cese de actividad.
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Valora el IMV si tus ingresos son bajos
🔵 Sin plazo urgente
El IMV es compatible con la prestación por cese en algunos casos. Revisa si cumples los requisitos de ingresos y residencia.
Al llegar a los 365 días el INSS toma el control de tu baja. Hay decisiones importantes que tomar.
ℹ️ A partir del día 366, el INSS revisa tu expediente. Puede prorrogar la baja, darte el alta o iniciar un expediente de incapacidad permanente.
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Recopila todos tus informes médicos actualizados
🟠 Antes de la revisión del INSS
El Equipo de Valoración del INSS valorará tu expediente. Cuantos más informes de especialistas actualizados tengas, más completo es tu caso. Solicita informes a todos los médicos que te atienden.
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Si el INSS te da el alta y no estás de acuerdo, impiúgnala
🔴 4 días naturales desde la notificación
Tienes solo 4 días naturales para presentar la disconformidad. Durante ese proceso sigues cobrando. No esperes.
Solicita la incapacidad permanente si tu situación es duradera
🟢 Cuando el INSS abra el expediente o puedes pedirlo tú
Si tu enfermedad o lesión limita permanentemente tu capacidad laboral, puedes solicitar el reconocimiento de incapacidad permanente. El INSS puede abrirlo de oficio o puedes pedirlo tú. Hay 4 grados con distintas cuantías.
La denegación de incapacidad permanente puede recurrirse con una reclamación previa ante el INSS. Si la deniegan de nuevo, puedes ir al Juzgado de lo Social.
Tienes derecho a reclamar. El plazo general es de 30 días hábiles desde la notificación.
⚠️ El plazo de reclamación es de 30 días hábiles desde que recibes la resolución denegatoria. Pasado ese plazo, la resolución es firme.
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Lee con atención la resolución denegatoria
🔴 Inmediatamente al recibirla
La resolución debe indicar el motivo concreto de la denegación y los recursos disponibles. Ese motivo es lo que tienes que rebatir en tu reclamación.
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Prepara la reclamación previa
🔴 Dentro de los 30 días hábiles
La reclamación previa es el paso obligatorio antes de poder ir al juzgado. Debe presentarse por escrito ante el organismo que emitió la resolución (SEPE o INSS según el caso).
Vida laboral actualizada, informes médicos, contratos, nóminas u otros documentos que contradigan el motivo de denegación. Cuanto más completa la documentación, más posibilidades de éxito.
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Si deniegan la reclamación, ve al Juzgado de lo Social
🟢 20 días hábiles desde la denegación de la reclamación
Si el SEPE o el INSS deniegan tu reclamación previa (o no contestan en 45 días), puedes presentar demanda ante el Juzgado de lo Social. En ese punto es recomendable un abogado o graduado social.
♿ Tengo discapacidad y no sé qué ayudas me corresponden
El punto de partida es tener el grado reconocido oficialmente. Sin eso, no puedes acceder a la mayoría de ayudas.
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Solicita el reconocimiento del grado de discapacidad
🟠 Si aún no lo tienes — cuanto antes mejor
El reconocimiento lo hace tu comunidad autónoma, no el INSS. Cada comunidad tiene su propio formulario y centros de valoración. El proceso puede tardar varios meses.
Con el 33% reconocido — accedes a la mayoría de ayudas
🟢 Una vez tienes la resolución
Con grado igual o superior al 33% tienes derecho a bonificaciones fiscales en el IRPF, acceso al empleo con cuota de reserva, ayudas al transporte, deducciones en compras y muchos beneficios más según la comunidad.
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Valora solicitar la incapacidad permanente si trabajas o has trabajado
🟢 Sin plazo urgente
El grado de discapacidad y la incapacidad permanente son figuras distintas. Si cotizaste suficiente y tu situación limita tu capacidad laboral, puedes solicitar la IP al INSS independientemente del grado de discapacidad.
Si tu estado de salud ha empeorado y crees que mereces un grado más alto, puedes solicitar la revisión del grado. El plazo mínimo es de 2 años salvo cambio sustancial acreditado.
El IMV es una prestación permanente del INSS — no del SEPE. Requiere documentación específica de toda la unidad familiar.
✅ No hay plazo límite para solicitarlo — puedes pedirlo en cualquier momento si cumples los requisitos. Eso sí, se cobra desde la fecha de solicitud, no desde antes.
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Comprueba si cumples los requisitos básicos
🟢 Antes de solicitar
Edad entre 23 y 65 años (hay excepciones), al menos 1 año de residencia legal en España, ingresos de la unidad familiar por debajo del umbral establecido y no tener derecho a pensión contributiva.
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Reúne la documentación de toda la unidad familiar
🟢 Antes de presentar la solicitud
DNI/NIE de todos los adultos, libro de familia si hay menores, empadronamiento colectivo, declaración de la renta del último ejercicio o certificado negativo si no estás obligado a declarar.
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Solicítalo en la Sede Electrónica de la Seguridad Social
🟢 Con Cl@ve, certificado digital o SMS
El IMV se solicita exclusivamente online en la sede de la Seguridad Social. No se puede pedir presencialmente en oficinas. Necesitas identificación digital — si no la tienes, primero activa Cl@ve PIN.
La denegación del IMV puede recurrirse. Los motivos más frecuentes son ingresos que superan el umbral por poco o documentación incompleta de algún miembro de la unidad familiar.
La jubilación se planifica con tiempo. Cuanto antes revises tu situación, más margen tienes para optimizarla.
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Pide tu informe de vida laboral y de bases de cotización
🟣 Cuanto antes, mejor
Solicítalo gratis en la Sede Electrónica de la Seguridad Social. La vida laboral te da los años cotizados exactos. Las bases de cotización (en Import@ss) te permiten calcular la base reguladora.
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Simula tu pensión en distintos escenarios de edad
🟣 Con tiempo para tomar decisiones
Calcular cuánto cobrarías jubilándote a los 65 frente a los 67 puede suponer cientos de euros al mes de diferencia. Usa el simulador para ver tu escenario concreto.
Comprueba si tienes lagunas de cotización que puedas cubrir
🟢 Años antes de jubilarte
Los períodos sin cotizar reducen la base reguladora y el porcentaje. En algunos casos puedes suscribir un convenio especial con la Seguridad Social para seguir cotizando aunque no trabajes.
Puedes solicitarla con hasta 3 meses de antelación en la Sede Electrónica de la Seguridad Social o presencialmente en el INSS con cita previa. La pensión se cobra desde la fecha de jubilación, no desde la solicitud.
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Revisa el complemento por brecha de género si eres progenitor
🔵 Al solicitar la jubilación
Si eres progenitor (madre o padre) de hijos nacidos desde 2021, puedes tener derecho al complemento por brecha de género: 36,90€/mes por hijo, hasta 4 hijos.
Los primeros 15 días son críticos — inscripción, paro e impugnación
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ERTE
La empresa tramita — pero hay cosas que debes verificar tú
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Cierre de negocio autónomo
15 días hábiles desde la baja para pedir el cese de actividad
🏥
Más de un año de baja
Al día 366 el INSS toma el control — conviene estar preparado
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Prestación denegada
30 días hábiles para reclamar — el reloj empieza al recibir la notificación
♿
Discapacidad reconocida
Qué ayudas corresponden según el grado y cómo revisarlo
🛡️
Solicitar el IMV
Sin plazo límite pero solo se cobra desde la fecha de solicitud
👴
Próxima jubilación
Los pasos para planificar la jubilación con tiempo suficiente
Por qué el orden importa tanto como el plazo
Un plazo sin un orden claro de acciones es casi tan inútil como no tener el plazo. Mucha gente sabe que «tiene que ir al SEPE» pero no sabe que antes tiene que firmar el finiquito con cautela, o que si firma sin «no conforme» pierde la posibilidad de reclamar la indemnización. O saben que pueden impugnar el alta médica pero no saben que eso tienen que comunicárselo también a su empresa ese mismo día.
LOS ERRORES MÁS FRECUENTES POR NO CONOCER EL ORDEN
❌ Firmar el finiquito sin «no conforme» y perder el derecho a reclamar la indemnización
❌ Solicitar el paro sin estar inscrito previamente como demandante — y empezar a cobrar semanas después
❌ Recibir un alta médica, esperar a ver si mejora y llegar al día 5 cuando el plazo era de 4 días naturales
❌ Recurrir una denegación del INSS pasados 30 días hábiles — la resolución queda firme
❌ Solicitar el IMV sin empadronamiento colectivo actualizado y que lo denieguen por ese único motivo
Cómo interpretar los colores de urgencia
La herramienta usa un código de colores que indica cuánto tiempo tienes para cada paso — no en días abstractos, sino en términos de consecuencias reales si se supera el plazo.
Rojo — urgente: Si superas este plazo, pierdes el derecho o la prestación. No admite excusas ni ampliaciones.
Naranja — importante: Tiene plazo pero con algo más de margen. Retrasarlo tiene consecuencias económicas aunque no pierdas el derecho.
Verde — cuando corresponda: Paso necesario pero sin plazo crítico inmediato. Se hace cuando el proceso llega a ese punto.
Azul — sin plazo: Recomendable hacerlo, pero sin fecha límite que genere consecuencias automáticas.
Preguntas frecuentes
¿La herramienta me dice exactamente qué tengo que hacer en mi caso? Los pasos son los habituales para cada situación según la normativa general 2026. Tu caso concreto puede tener matices — convenio colectivo, circunstancias específicas del despido, tipo de contrato — que no se pueden evaluar sin conocer todos los detalles.
¿Puedo estar en varias situaciones a la vez? Sí. Por ejemplo, alguien que lleva un año de baja puede a la vez estar iniciando un expediente de incapacidad permanente y tener el IMV pendiente. Usa la herramienta para cada situación por separado — cada árbol de pasos es independiente.
¿Los plazos son los mismos en toda España? Los plazos de la Seguridad Social y el SEPE son iguales en todo el territorio nacional. Los plazos de discapacidad y dependencia pueden variar según la comunidad autónoma.