Cuántos años hay que cotizar para jubilarse en 2026: tabla completa por edad y porcentaje de pensión

La respuesta que todo el mundo busca tiene tres números distintos según lo que quieras saber, y confundirlos es el error más habitual.

15 años es el mínimo para tener derecho a cualquier pensión contributiva.
37 años y 9 meses es lo que necesitas en 2026 para cobrar el 100% de lo que te corresponde.
38 años y 6 meses es el umbral que te permite jubilarte a los 65 en lugar de esperar a los 66 años y 10 meses.

Tres números. Tres conceptos distintos. Y entre ellos, una escala de porcentajes que determina exactamente cuánto cobrarás cada mes el resto de tu vida.


LOS 3 UMBRALES QUE TIENES QUE CONOCER EN 2026
15
AÑOS MÍNIMOS
Para tener derecho a cobrar alguna pensión contributiva — aunque sea muy baja
37 años
9 meses
PENSIÓN COMPLETA
Para cobrar el 100% de tu base reguladora en 2026
38 años
6 meses
JUBILACIÓN A LOS 65
Permite jubilarte dos años antes de la edad ordinaria de 2026

La edad de jubilación en 2026 — la transición que muy poca gente sigue

España está en plena transición hacia la edad de jubilación definitiva de 67 años, establecida por la reforma de 2011. Cada año la edad ordinaria sube un poco hasta llegar a 67 en 2027. En 2026 la situación es esta:

AñoEdad ordinaria de jubilaciónExcepción: con más de 38 años y 6 meses
202466 años y 6 meses65 años
202566 años y 8 meses65 años
2026 ← AHORA66 años y 10 meses65 años
2027 (definitivo)67 años65 años
Fuente: Real Decreto Legislativo 8/2015, LGSS · Ley 27/2011 de actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social
💡 Lo que esto significa en la práctica: si en 2026 cumples 66 años y 10 meses y decides jubilarte, accedes a la jubilación ordinaria. Si tienes 65 años pero has cotizado 38 años y 6 meses o más, también puedes jubilarte. Si tienes 65 años pero menos de 38 años y 6 meses cotizados, tendrás que esperar casi dos años más.

La tabla de años cotizados y porcentaje de pensión — lo que nadie te explica bien

Esto es lo que más confunde a la gente. No es que con 15 años cobres el 50% y con 35 años cobres el 100% — la escala es más compleja que eso. Y desde la reforma de 2021 (Ley 21/2021), la fórmula cambió para favorecer a quienes más tiempo han cotizado.

Años cotizados% de la base reguladoraLo que recibes (ejemplo: base 1.500€/mes)Lectura práctica
15 años50%750 €/mesEl mínimo legal — cobra menos de la mitad de lo que le correspondería
18 años58,1%872 €/mesCada año extra añade algo — pero aún lejos del completo
20 años62,7%940 €/mesUn tercio menos de la pensión completa, aunque ya son 20 años
25 años74,1%1.112 €/mesLa cuarta parte sigue sin cobrarse — cada año adicional pesa mucho aquí
30 años84,5%1.268 €/mesYa dentro del último tramo — los años siguientes son los más rentables
35 años94,4%1.416 €/mesMuy cerca del completo — solo faltan 2 años y 9 meses más
37 años y 9 meses100%1.500 €/mesPensión completa — el máximo posible para tu base reguladora en 2026
⚠️ El ejemplo usa una base reguladora de 1.500€/mes como referencia orientativa · Los porcentajes son aproximados aplicando la fórmula de la Ley 21/2021 vigente en 2026 · Tu pensión real también depende de tus bases de cotización de los últimos 25 años

La fórmula real — cómo se calcula exactamente el porcentaje

🔢 Cómo se construye el porcentaje mes a mes

La Ley 21/2021 cambió la fórmula de cálculo. Ya no se calcula por años completos sino mes a mes, y con tres tramos con tasas distintas. Esto favorece a quien ha cotizado muchos años porque el último tramo tiene el mayor rendimiento por mes adicional.

50%
PUNTO DE PARTIDA
Los primeros 15 años (meses 1-180): te dan directamente el 50% de la base reguladora. Da igual si llevas 15 años exactos o 14 años y 11 meses — en ese caso no tienes derecho a nada. El salto de 0 a 50% ocurre exactamente en el mes 180.
+0,21%
POR MES
De los 15 a los 25 años (meses 181-300): cada mes adicional suma 0,21% a tu pensión. Un año completo en este tramo suma 2,52%. En 10 años añades un 25,2% al 50% inicial — llegas al 75,2% aproximadamente.
+0,19%
POR MES
De los 25 a los 37 años (meses 301-444): la tasa baja ligeramente a 0,19% por mes. Un año suma 2,28%. En los 12 años de este tramo se añade un 27,36%.
+0,26%
POR MES
A partir de los 37 años (mes 445 en adelante): el último tramo es el más rentable — 0,26% por mes. Cada mes en este tramo suma casi el triple que los primeros. Los 9 meses que hay desde los 37 años hasta los 37 años y 9 meses añaden un 2,34% — el último empujón al 100%.
🔑 La conclusión clave: los años entre los 15 y los 25 son los que «más pesan» por año (cada año en el primer tramo equivale a 2,52%). Los últimos años antes de los 38 son los que más «cuestan» no tener cotizados porque son los que te sacan del 94% y te llevan al 100%.

La realidad de las carreras laborales en España

📊 La matemática que a mucha gente le sorprende
El caso más común — y el más preocupante

Una persona que empieza a trabajar a los 23 años y se jubila a los 67 tiene 44 años de vida laboral potencial. Pero si ha tenido épocas de paro, trabajo irregular, cuidado de hijos sin cotizar, o periodos de economía sumergida, puede fácilmente llegar a los 67 con solo 30-32 años cotizados.

Qué significa eso en euros

Con 30 años cotizados y una base reguladora de 1.800€, la pensión sería del 84,5% = 1.521€/mes. Con los 37 años y 9 meses completos sería el 100% = 1.800€/mes. Son 279€ menos cada mes — más de 3.300€ menos al año durante todo el tiempo que dure la jubilación.

AÑOS PARA 100% PENSIÓN
37 años
9 meses
EDAD MEDIA PRIMER EMPLEO
24 años
NECESITAS LLEGAR A
61 años
9 meses
MARGEN CON JUBILACIÓN A 67
5 años
3 meses
para imprevistos

Casos especiales — situaciones que suman cotización sin trabajar

Cotizar no es solo tener un contrato y una nómina. Hay situaciones de la vida que también generan cotización o se computan como años trabajados.

👶
Maternidad, paternidad y excedencia por cuidado de hijos
El período de baja por maternidad/paternidad computa como cotizado. Además, la Seguridad Social reconoce hasta 5 años de cotización ficticia por excedencia para cuidado de hijos — tiempo que no trabajaste pero que suma para la pensión. Las madres tienen además el complemento de pensión por hijos.
💼
Prestación por desempleo (paro y subsidio)
El paro contributivo sí computa como cotización para la jubilación — el SEPE cotiza por ti durante esos meses. El subsidio por desempleo no computa para la jubilación, con la excepción importante del subsidio para mayores de 52 años, donde la Seguridad Social sí cotiza durante todo el período.
🏥
Incapacidad temporal (baja médica)
Durante una baja médica el empleador sigue cotizando por ti a la Seguridad Social. Los meses de baja computan como cotizados para todos los efectos, incluida la jubilación. Solo hay excepción cuando la baja dura más de 18 meses y entra en incapacidad permanente.
🎓
Años de estudio universitario (cuota de estudiante)
Si cuando estudiabas en la universidad te diste de alta como «estudiante» en la Seguridad Social (muy poco habitual pero posible), esos años computan. También existe la posibilidad de «comprar» años de estudio pagando una cantidad al SEPE en determinadas circunstancias — poco usada pero existe.
🌍
Cotizaciones en el extranjero (convenios bilaterales)
Si has trabajado en países con convenio bilateral con España (casi toda la UE, EEUU, México, Argentina, Marruecos, y muchos más), esas cotizaciones pueden sumarse a las españolas para alcanzar el mínimo de 15 años o mejorar el porcentaje. Hay que solicitarlo expresamente al INSS.

Qué hacer si vas a llegar corto — las opciones reales

🔧 Si tus cálculos salen por debajo de los 37 años y 9 meses
Retrasar la jubilación más allá de la edad ordinaria. Por cada mes que trabajes después de la edad de jubilación que te corresponde, la pensión se incrementa entre un 4% y un 4,5% adicional anual. Si llegas con 35 años cotizados y te quedas 2 años más, subes casi 9 puntos porcentuales.
Aprovechar el convenio especial con la Seguridad Social. Si te quedas sin trabajo con 58 o más años, puedes mantener la cotización pagando una cuota mensual a la Seguridad Social — el llamado «convenio especial». Es caro, pero permite seguir sumando años hasta llegar al mínimo o mejorar el porcentaje.
Revisar todos los períodos cotizados. Muchas personas no saben que han cotizado más de lo que creen. Baja por maternidad de hace 25 años, un trabajo de verano a los 18 con contrato, meses de paro contributivo… Todo suma. Solicita la vida laboral completa en sede.seg-social.gob.es y revísala año por año.
Reclamar períodos no registrados. Si hay períodos en los que trabajaste y cotizaste pero no aparecen en tu vida laboral (trabajo irregular, error del empleador, empresa desaparecida), puedes reclamarlos al INSS aportando documentación — contratos, nóminas, testigos. No es fácil pero puede marcar diferencia.

El complemento por tener hijos — una diferencia que a mucha gente se le pasa

👶 El complemento de pensión por hijos — no confundirlo con los años de cotización

A partir de 2021, existe un complemento de pensión por haber tenido hijos. Se aplica automáticamente al calcular la pensión y puede ser muy significativo. Quien lo tiene no necesita los mismos años cotizados para llegar al mismo importe de pensión.

¿Quién tiene derecho?
  • Cualquier progenitor que haya tenido hijos biológicos o adoptados
  • Se aplica a hombres y mujeres por igual desde 2021
  • Se aplica en el momento de solicitar la jubilación
Cuánto suma
  • 1 hijo: +5% sobre la pensión calculada
  • 2 hijos: +10% sobre la pensión calculada
  • 3 hijos: +15% sobre la pensión calculada
  • 4 o más hijos: +20% sobre la pensión calculada
💡 Este complemento se aplica sobre el importe final de la pensión ya calculada — no cambia los años requeridos ni el porcentaje de la base reguladora, pero sí aumenta sustancialmente la pensión resultante. No tienes que pedirlo: el INSS lo aplica automáticamente si tienes hijos.

Cómo saber cuántos años llevas cotizados ahora mismo

🔍 Consulta tu vida laboral — el documento que necesitas
1
Online con Cl@ve o certificado digital: ve a sede.seg-social.gob.es → Tu Seguridad Social → Informe de vida laboral. Se descarga en segundos y muestra cada período cotizado con fechas exactas.
2
Por SMS: envía un SMS al número 570 con tu DNI y recibirás la vida laboral resumida en tu teléfono. Es más inmediato pero menos detallado.
3
Presencialmente: en cualquier oficina del INSS con tu DNI. Te la imprimen en el momento. Sin cita previa para este trámite en la mayoría de oficinas.
📌 Qué buscar en la vida laboral: la columna de «días cotizados» al final del documento suma todo. Divídela entre 365 para obtener los años. Si hay períodos en blanco que deberían estar — reclámalo al INSS antes de jubilarte, que hacerlo después es mucho más difícil.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si me faltan pocos meses para llegar a los 37 años y 9 meses?

Puedes seguir trabajando o cotizando voluntariamente esos meses. También puedes jubilarte con lo que tienes y cobrar el porcentaje correspondiente — la diferencia en euros puede ser pequeña si son pocos meses. No existe ninguna norma que te obligue a seguir hasta llegar al 100%.

¿Los años cotizados como autónomo cuentan igual que como empleado por cuenta ajena?

Sí, cuentan para el número de años cotizados. La diferencia está en las bases de cotización que hayas elegido como autónomo — si cotizaste por la base mínima durante muchos años, tus cotizaciones suman a los años pero tu base reguladora (y por tanto tu pensión) será más baja.

Si trabajo a tiempo parcial, ¿los años cuentan igual?

No del todo. Desde 2013, los períodos trabajados a tiempo parcial se computan de forma parcial para los años cotizados — en función de las horas trabajadas respecto a la jornada completa. Esto afecta principalmente a personas con muchos años de trabajo a tiempo parcial que pueden tener más años de alta en la Seguridad Social de los que realmente computan para la jubilación.

¿Puedo jubilarme antes de los 65 si tengo más de 38 años y 6 meses cotizados?

La jubilación ordinaria más anticipada es a los 65 años con 38 años y 6 meses cotizados. Por debajo de los 63 años no hay jubilación anticipada voluntaria bajo ningún supuesto. Entre los 63 y los 65, hay jubilación anticipada involuntaria (despido, ERE) con penalización del 0,5% por mes de anticipación. Entre los 65 y los 66 años y 10 meses (la ordinaria de 2026), hay jubilación anticipada voluntaria con penalización del 0,25-0,35% por mes.

RESUMEN — AÑOS DE COTIZACIÓN Y JUBILACIÓN 2026
⏱️ Mínimo: 15 años cotizados para tener derecho a cualquier pensión (50% de la base reguladora)
🎯 Pensión completa: 37 años y 9 meses en 2026 para cobrar el 100% de tu base reguladora
🕐 Edad ordinaria 2026: 66 años y 10 meses (o 65 con 38 años y 6 meses cotizados)
🔍 Revisa tu vida laboral: muchas personas tienen más años cotizados de los que creen — compruébalo ya
👶 Hijos: el complemento por hijo añade entre 5% y 20% a tu pensión final automáticamente
📈 Retrasar la jubilación: si trabajas más allá de la edad ordinaria, cada mes suma entre 4-4,5% adicional al año

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✍️
Alejandro — PortalPrestaciones.es
Especialista en prestaciones, subsidios y trámites de la Seguridad Social en España

Sobre el autor: Alejandro lleva más de 3 años ayudando a ciudadanos a entender y gestionar sus prestaciones, subsidios y trámites ante el SEPE, el INSS y otros organismos públicos. Toda la información publicada en este portal se contrasta con fuentes oficiales antes de su publicación.

Fuentes de referencia: sepe.es · seg-social.es · BOE · sede.sepe.gob.es · LGSS · Ley 19/2021 · Ley 39/2015

⚠️ Aviso: La información de este artículo tiene carácter orientativo y se actualiza periódicamente. No sustituye el asesoramiento profesional ni la consulta directa en la sede electrónica oficial del organismo competente.

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