Calculadora del IMV 2026
Ingreso Mínimo Vital — Seguridad Social
Esta es la cuantía máxima mensual que el IMV puede garantizar para tu tipo de familia. El IMV pagará la diferencia entre esta cuantía y tus ingresos actuales.
Incluye: salarios brutos, pensiones contributivas y no contributivas, alquileres e intereses. No incluyas el propio IMV ni el subsidio de desempleo.
para tu familia
familiares
¿Cómo calcula la Seguridad Social el límite de ingresos para el IMV?
El IMV no es una cantidad fija que recibe todo el mundo por igual. Funciona como un suelo financiero: la Seguridad Social establece una cuantía mínima garantizada según el tamaño y composición de tu familia, y si tus ingresos están por debajo de ese suelo, el IMV cubre la diferencia.
El mecanismo es sencillo de entender con un ejemplo. Si a tu tipo de familia le corresponde una cuantía garantizada de 966,74 € al mes y tus ingresos familiares son de 500 €, el IMV te pagará los 466,74 € que faltan para llegar a ese mínimo. No más. No menos. Solo el complemento necesario.
Lo que hace la calculadora de arriba es exactamente eso: identifica la cuantía garantizada para tu tipo de familia aplicando los baremos oficiales de 2026 y te muestra cuánto recibirías de IMV si tus ingresos son los que has introducido.
Un detalle importante que mucha gente no sabe: la Seguridad Social trabaja con ingresos anuales del ejercicio fiscal anterior, no con ingresos mensuales actuales. El simulador hace una estimación mensualizada a partir de esos baremos, lo que es útil para hacerse una idea, pero la resolución definitiva usa los datos de tu última declaración de la renta. Si este año has tenido un cambio importante en tus ingresos respecto al año pasado, puede haber diferencias entre la estimación y la resolución real.
El gran filtro oculto: ¿cuál es el límite de patrimonio para el IMV?
Aquí está el escollo que más sorprende a las personas que solicitan el IMV. No basta con tener pocos ingresos — la Seguridad Social también mira tu patrimonio neto: el valor de todo lo que tienes y lo que debes, a fecha del 31 de diciembre del año anterior.
Si tu patrimonio neto supera los límites establecidos, el IMV se deniega aunque tus ingresos sean mínimos. Y esos límites son bastante ajustados:
- Persona sola: el patrimonio neto no puede superar aproximadamente 20.000 €
- 2 miembros: el límite sube a alrededor de 27.000 €
- 3 miembros: aproximadamente 33.000 €
- 4 miembros: aproximadamente 38.000 €
- El límite va aumentando de forma escalonada por cada miembro adicional
Antes de que cunda el pánico: la vivienda habitual no cuenta para este límite. El piso o la casa donde vives, aunque sea de tu propiedad y tenga valor de mercado, queda expresamente excluida del cálculo patrimonial del IMV. Lo que sí cuenta son los ahorros en cuentas bancarias, depósitos, acciones, fondos de inversión, segundas viviendas y otros inmuebles que no sean tu residencia habitual.
Si tienes una pequeña cantidad de ahorros — digamos 8.000 € en el banco — y es tu única fuente de patrimonio, lo más probable es que estés dentro del límite. Si tienes una segunda vivienda heredada o una cuenta con ahorros significativos, conviene que hagas los números antes de solicitar.
¿Qué ingresos no se tienen en cuenta al usar la calculadora?
Para que el resultado de la calculadora sea lo más ajustado posible a tu realidad, hay una lista de ingresos que la ley excluye expresamente del cálculo del IMV. Si recibes alguno de ellos, no lo incluyas en el campo de ingresos:
- Rentas mínimas de inserción autonómicas: el RISGA gallego, la RGI vasca, la RVI valenciana, la Renta Mínima andaluza y sus equivalentes en el resto de comunidades autónomas no computan como ingreso para el IMV. Puedes cobrar la renta mínima de tu comunidad y seguir solicitando el IMV sin que una afecte a la otra.
- Ayudas de emergencia social de los ayuntamientos: las ayudas puntuales que conceden los servicios sociales municipales para cubrir gastos urgentes — alquiler, suministros, alimentación — tampoco se suman a tus rentas a estos efectos.
- Becas de estudio y ayudas educativas: las becas del Ministerio de Educación, las ayudas de transporte escolar, las becas de comedor y cualquier prestación vinculada a la formación de los miembros de la unidad de convivencia están excluidas del cómputo de ingresos.
- Prestaciones familiares por hijo a cargo cuando no superan determinados umbrales establecidos en la normativa.
Un error frecuente al usar simuladores de IMV es incluir estas cantidades y obtener un resultado negativo siendo que en realidad sí se tiene derecho. Si recibes alguna de estas ayudas, ignóralas en la calculadora.
Requisitos indispensables para solicitar el Ingreso Mínimo Vital
Tener los ingresos y el patrimonio dentro de los límites es necesario, pero no suficiente. Hay tres condiciones que hay que cumplir antes de que el INSS entre a valorar la parte económica:
Residencia legal en España Necesitas acreditar residencia legal y continuada en España durante al menos los 12 meses anteriores a la solicitud. Para ciudadanos extranjeros de fuera de la UE esto significa tener el permiso de residencia en vigor y demostrar que llevas ese tiempo viviendo en el país de forma efectiva — no vale tener el permiso pero haber estado fuera la mayor parte del tiempo.
Edad El tramo general es entre 23 y 65 años. Existe una excepción importante: si eres menor de 23 años pero tienes hijos menores a tu cargo, puedes solicitar el IMV a partir de los 18 años. Por el otro lado, a los 65 años el IMV queda sustituido por la pensión de jubilación — contributiva si tienes cotizaciones suficientes, no contributiva si no las tienes.
Independencia del hogar de origen La ley exige haber vivido de forma independiente — fuera del domicilio familiar de origen — durante al menos 6 meses si eres una persona sola, o 12 meses si formas una unidad de convivencia con otras personas. Esto se acredita con el empadronamiento y es uno de los motivos de denegación más frecuentes en solicitudes de personas jóvenes que se han independizado recientemente.
¿Qué documentación necesitas para que no te denieguen el IMV?
La denegación por documentación incompleta o incorrecta es la causa más evitable de todas. Antes de enviar la solicitud, comprueba que tienes esto:
Documentos de identidad de todos los miembros DNI en vigor para los ciudadanos españoles. NIE en vigor para ciudadanos extranjeros. Sin excepciones — cada persona que figure en la unidad de convivencia necesita su documento identificativo válido.
Certificado de empadronamiento histórico y colectivo Este es el documento más importante y el que más gente olvida. Necesitas dos certificados del padrón municipal: uno histórico — que acredita cuánto tiempo llevas empadronado en ese municipio — y uno colectivo — que refleja quién está empadronado actualmente en ese domicilio. Ambos los expide tu ayuntamiento, en algunos casos de forma gratuita y en línea.
Libro de familia o certificados del registro civil Para acreditar las relaciones familiares entre los miembros de la unidad de convivencia — especialmente la filiación de los hijos menores. Si eres pareja de hecho, necesitas el certificado de inscripción en el registro correspondiente.
Documentación de ingresos y patrimonio La Seguridad Social cruza datos con Hacienda de forma automática, pero en algunos casos puede requerir que aportes directamente la declaración de la renta del año anterior, certificados bancarios de saldo a 31 de diciembre o escrituras de propiedades. Tenlos preparados aunque no te los pidan desde el principio.
Certificado de residencia para ciudadanos extranjeros Si algún miembro de la unidad de convivencia no tiene nacionalidad española, necesita el certificado de residencia legal continua en España emitido por la oficina de extranjería correspondiente, acreditando los 12 meses previos a la solicitud.
Sobre el autor: Alejandro lleva más de 3 años ayudando a ciudadanos a entender y gestionar sus prestaciones, subsidios y trámites ante el SEPE, el INSS y otros organismos públicos. Toda la información publicada en este portal se contrasta con fuentes oficiales antes de su publicación.
Fuentes de referencia: sepe.es · seg-social.es · BOE · sede.sepe.gob.es · LGSS · Ley 19/2021 · Ley 39/2015
⚠️ Aviso: La información de este artículo tiene carácter orientativo y se actualiza periódicamente. No sustituye el asesoramiento profesional ni la consulta directa en la sede electrónica oficial del organismo competente.
