Hay un malentendido sobre el IRPF que lleva décadas circulando y que hace que mucha gente se asuste innecesariamente cuando le suben el sueldo.
El malentendido es este: creer que si ganas 35.500 € al año y entras en el tramo del 37%, pagas el 37% de todos tus 35.500 €. No es así. Solo pagas el 37% sobre los 300 € que superan el umbral. El resto tributa a los tipos inferiores, igual que antes de la subida.
Con eso claro, ya puedes leer la tabla sin susto.
La tabla de tramos del IRPF 2026 — tipos marginales combinados
Esta es la tabla que todo el mundo busca. Los porcentajes son la suma del tramo estatal más la media del tramo autonómico. Tu comunidad puede diferir ligeramente — más abajo verás las diferencias por autonomía.
| Base liquidable (ingresos anuales) | Tramo estatal | Tramo autonómico (media CCAA) | Tipo marginal combinado |
|---|---|---|---|
| Hasta 12.450 € | 9,50% | 9,50% | 19% |
| De 12.450 € a 20.200 € | 12,00% | 12,00% | 24% |
| De 20.200 € a 35.200 € | 15,00% | 15,00% | 30% |
| De 35.200 € a 60.000 € | 18,50% | 18,50% | 37% |
| De 60.000 € a 300.000 € | 22,50% | 22,50% | 45% |
| Más de 300.000 € | 24,50% | 24,50% | 47% |
El tramo marginal es el porcentaje que pagas sobre el último euro que ganas. El tipo efectivo es el porcentaje real que pagas sobre el total. Si ganas 40.000 €, tu tramo marginal es el 37% pero tu tipo efectivo real está en torno al 18-20%. Siempre son cifras muy diferentes.
Cuánto pagas realmente — ejemplos con sueldos reales
Aquí está la parte que más interesa: no el tramo al que perteneces sino los euros que sale de tu bolsillo. Estos cálculos son orientativos e incluyen el mínimo personal de 5.550 € y la reducción por rendimientos del trabajo, que en 2025 se amplió significativamente.
| Sueldo bruto anual | Tramo marginal | IRPF estimado | Tipo efectivo real | Sueldo neto aprox. |
|---|---|---|---|---|
| 14.000 € | 19% | ~0 – 200 € | ~0 – 1,4% | ~13.800 € |
| 18.000 € | 24% | ~700 – 900 € | ~4 – 5% | ~17.100 € |
| 25.000 € | 30% | ~2.500 – 2.900 € | ~10 – 12% | ~22.100 € |
| 30.000 € | 30% | ~3.800 – 4.200 € | ~13 – 14% | ~25.800 € |
| 40.000 € | 37% | ~6.500 – 7.200 € | ~16 – 18% | ~32.800 € |
| 50.000 € | 37% | ~9.800 – 10.500 € | ~20 – 21% | ~39.500 € |
| 70.000 € | 45% | ~17.000 – 18.500 € | ~25 – 26% | ~51.500 € |
| 100.000 € | 45% | ~30.000 – 32.000 € | ~30 – 32% | ~68.000 € |
Por qué tu tipo efectivo siempre es mucho más bajo que tu tramo
Llamémosle Pablo, 34 años, comercial. Le subieron el sueldo de 34.800 € a 35.500 €. Al ver que entraba en el tramo del 37% le entró el pánico: pensó que iba a pagar el 37% de todo su salario. Calculó mentalmente: 35.500 × 37% = 13.135 €. Se preguntó si le compensaba la subida.
La realidad: solo paga el 37% sobre los 300 € que superan el umbral de 35.200 €. Eso son 111 € adicionales de impuestos al año. El resto de su sueldo sigue tributando exactamente igual que antes. La subida le supone unos 590 € netos más al año — no menos.
«Casi le digo a mi jefe que no quería la subida», reconoció después. Es el malentendido más caro de España.
Esto ocurre porque el sistema de tramos funciona en escalones, no en bloques. Cada tramo solo se aplica a la porción de renta que cae dentro de él.
Cómo se calcula realmente — paso a paso
Para alguien con 40.000 € brutos de salario, el cálculo de IRPF funciona así antes de deducciones:
Las diferencias por comunidad autónoma — dónde se paga más y menos
El IRPF autonómico lo fija cada comunidad. La diferencia entre vivir en Madrid o en Cataluña para un mismo sueldo puede suponer varios cientos de euros al año.
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| Comunidad Autónoma | Tramo autonómico más alto | Tipo máximo combinado | Nivel fiscal |
|---|---|---|---|
| Madrid | 20,50% | 45% | Más bajo |
| Andalucía | 22,50% | 47% | Bajo |
| Comunidad Valenciana | 23,50% | 48% | Medio |
| Castilla y León | 23,50% | 48% | Medio |
| Galicia | 23,50% | 48% | Medio-alto |
| Aragón | 25,00% | 49,50% | Alto |
| Cataluña | 25,50% | 50% | Más alto |
| Extremadura | 25,00% | 49,50% | Alto |
El País Vasco y Navarra tienen regímenes fiscales propios (forales) con tablas de IRPF completamente distintas al resto de España. En general, los tipos del IRPF foral son más bajos que los del régimen común para rentas medias y altas. Si resides en estas comunidades, tienes que consultar directamente la Hacienda Foral correspondiente (Hacienda Foral de Bizkaia, Gipuzkoa, Álava o Hacienda de Navarra).
Quién no paga IRPF aunque tenga ingresos
Existe una idea de que cualquier euro que ganas tributa. No es así. Hay varias situaciones en las que puedes tener ingresos y pagar cero euros de IRPF:
Las deducciones que reducen lo que pagas — las más importantes
El IRPF no se paga sobre el sueldo bruto. Se pagan sobre la base liquidable, que es el resultado de restar las deducciones. Estas son las más relevantes para la mayoría de contribuyentes:
| Deducción | Importe | Quién puede aplicarla |
|---|---|---|
| Mínimo personal | 5.550 € / año | Todos los contribuyentes |
| Reducción por rendimientos del trabajo | Hasta 7.302 € / año | Trabajadores con ingresos del trabajo inferiores a 19.747,5 € |
| Mínimo por descendientes (hijos) | 2.400 € primer hijo · 2.700 € segundo · 4.000 € tercero | Con hijos menores de 25 años a cargo |
| Mínimo por ascendientes | 1.150 € (más de 65 años) · 2.550 € (más de 75 años) | Padres o abuelos a cargo que conviven |
| Aportaciones a planes de pensiones | Hasta 1.500 € / año (individuales) | Quienes aporten a plan de pensiones propio |
| Deducción por maternidad | 1.200 € / año por hijo menor de 3 años | Madres trabajadoras con hijos menores de 3 años |
| Deducción por donativos | 80% primeros 150 € + 35-40% del resto | Donaciones a ONG o entidades reconocidas |
La retención en nómina — cómo se relaciona con el IRPF final
Cuando trabajas por cuenta ajena, la empresa te retiene un porcentaje de tu salario mensual en concepto de IRPF y lo ingresa en Hacienda en tu nombre. Esa retención es un anticipo — en la declaración de la renta se regulariza.
- La empresa retuvo más de lo que te correspondía
- Tuviste deducciones que la empresa no conocía
- Solo trabajaste parte del año
- Tuviste hijos o cambios familiares
- Hiciste donaciones o aportaste a plan de pensiones
- Tuviste dos o más pagadores (empresa + SEPE)
- Cobraste rentas no sujetas a retención
- La retención de la empresa fue demasiado baja
- Recibiste ingresos adicionales (alquileres, inversiones)
Preguntas frecuentes
Si me suben el sueldo y entro en un tramo más alto, ¿puedo cobrar menos neto?
No. Es matemáticamente imposible que una subida de sueldo te deje con menos dinero neto por cruzar un tramo del IRPF. El tramo más alto solo se aplica sobre los euros adicionales, no sobre todo el salario. Este mito circula mucho pero no tiene ningún fundamento matemático.
¿El tramo del IRPF se aplica sobre el salario bruto o sobre otro importe?
Sobre la base liquidable, que es menor que el salario bruto. Al salario bruto se le restan las cotizaciones a la Seguridad Social (aproximadamente el 6,35%), el mínimo personal, las reducciones por trabajo y otras deducciones. La base liquidable real sobre la que tributa es siempre inferior al salario bruto.
¿Por qué en mi nómina me retienen un porcentaje distinto a los tramos de la tabla?
Porque la retención en nómina es una estimación que hace la empresa del IRPF anual que te corresponderá. Tiene en cuenta tu situación familiar, el salario anual proyectado y otras variables. No tiene por qué coincidir exactamente con ningún tramo — se ajusta en la declaración de la renta.
¿El paro y el subsidio tributan en el IRPF?
El paro contributivo sí tributa como rendimiento del trabajo. El subsidio por desempleo también tributa, aunque el tipo efectivo para importes bajos suele ser 0% o muy bajo porque no supera el mínimo exento. El IMV está exento. Las pensiones de incapacidad permanente absoluta están exentas.
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Sobre el autor: Alejandro lleva más de 3 años ayudando a ciudadanos a entender y gestionar sus prestaciones, subsidios y trámites ante el SEPE, el INSS y otros organismos públicos. Toda la información publicada en este portal se contrasta con fuentes oficiales antes de su publicación.
Fuentes de referencia: sepe.es · seg-social.es · BOE · sede.sepe.gob.es · LGSS · Ley 19/2021 · Ley 39/2015
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