La respuesta corta es el martes 10 de noviembre de 2026. El SEPE lo dice en su ficha de preguntas sobre pago y cuantía: la nómina de prestaciones se abona el día 10 de cada mes y, si ese día es festivo, el primer día hábil siguiente. Noviembre arranca en domingo, el 10 cae en martes y no es festivo en ninguna comunidad, así que no hay traslado de fecha. Lo que se ingresa ese día es lo devengado en octubre, porque el paro se cobra siempre a mes vencido.
Hasta aquí, lo que todo el mundo repite. Lo que pocas webs cuentan es qué ocurre alrededor de esa fecha: por qué algunos medios dicen que el pago se adelanta cuando el 10 cae en fin de semana y la norma del SEPE dice justo lo contrario, qué pasa con el lunes 2 de noviembre en nueve comunidades, cómo se calcula el importe que llega a tu cuenta, cuándo toca el cobro de diciembre y de los meses siguientes, y qué hacer paso a paso si pasa el día 15 y no ves nada.
Los días de derecho que has consumido en octubre, descontados IRPF, tu cuota de Seguridad Social y, si los hubiera, deudas con el SEPE o embargos. No es una mensualidad "de noviembre": es la de octubre cobrada en noviembre.
Martes 10: qué dice el SEPE y qué repiten otras webs
Hay tres formulaciones circulando y conviene separarlas porque no valen lo mismo. La primera es la respuesta oficial del SEPE a «¿Cuándo se abona la nómina?»: día 10 de cada mes, o primer día hábil siguiente si es festivo. La segunda está en la ficha de la prestación contributiva, que habla de pagar «entre los días 10 y 15 del mes inmediato siguiente» al del devengo. La tercera la han difundido varios portales: que cuando el 10 cae en fin de semana el pago «se adelanta al último día hábil anterior».
Esa tercera versión no sale de ninguna de las dos páginas del SEPE. La regla publicada mira hacia delante, no hacia atrás: festivo o fin de semana, se paga el primer día hábil posterior. Octubre de 2026 es el ejemplo: el día 10 fue sábado y el lunes 12 es fiesta nacional, así que la fecha de referencia pasó al martes 13 de octubre. Qué hace después cada banco es otro asunto, y de eso va la sección siguiente.
| Fuente | Qué dice | Cómo leerlo |
|---|---|---|
| SEPE, preguntas sobre pago y cuantía | Se abona el día 10 de cada mes; si es festivo, el primer día hábil siguiente | Es la fecha de referencia. Noviembre de 2026: martes 10 |
| SEPE, ficha de la prestación contributiva | Pago por mensualidades de 30 días, entre los días 10 y 15 del mes siguiente al devengo | Margen máximo, no una segunda fecha: del martes 10 al viernes 13 de noviembre hay cuatro días hábiles, y el 14 y el 15 son fin de semana |
| Portales que hablan de "adelantar" | Si el 10 es fin de semana, se paga el día hábil anterior | El SEPE no establece esa regla. Lo que sí existe es el adelanto voluntario de algunos bancos |
Tu banco puede ingresar antes, pero eso no es una fecha del SEPE
Una parte de las entidades acredita la nómina del paro unos días antes de la fecha de referencia como política comercial propia. Ese adelanto lo decide cada banco, puede cambiar de un mes a otro y no obliga a nada al SEPE. Si tu cuenta lo recibe antes, perfecto; si no, no hay incidencia mientras estés dentro del margen. Lo sensato es organizar el mes contando con el martes 10 y tratar cualquier adelanto como un regalo, nunca como un derecho.
Noviembre de 2026, día por día
El 1 de noviembre cae en domingo y las comunidades que trasladan la fiesta de Todos los Santos lo hacen al lunes 2. Según el calendario de días inhábiles de la Administración General del Estado (Resolución de 18 de noviembre de 2025), el lunes 2 de noviembre es inhábil en Andalucía, Aragón, Asturias, Canarias, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Extremadura, Madrid y Navarra. En el resto de comunidades es un día normal. El mes tiene 21 días de lunes a viernes; en esas nueve comunidades son 20 a efectos de plazos.
| Fecha | Día | Qué importa para el cobro |
|---|---|---|
| 1 de noviembre | Domingo | Todos los Santos: no desplaza ningún pago |
| 2 de noviembre | Lunes | Inhábil en 9 comunidades. No cambia la fecha de la nómina, pero sí los plazos de días hábiles |
| 3 al 6 de noviembre | Martes a viernes | Hábiles. Buen momento para renovar la demanda si tu fecha cae antes del día 10 |
| 7 y 8 de noviembre | Sábado y domingo | No hábiles |
| 9 de noviembre | Lunes | Hábil. Víspera del pago |
| 10 de noviembre | Martes | Fecha de referencia de la nómina del SEPE |
| 11 al 13 de noviembre | Miércoles a viernes | Hábiles. Resto del margen «10 a 15» si tu banco tarda |
| 14 y 15 de noviembre | Sábado y domingo | No hábiles: el margen oficial termina sin que haya día de pago en medio |
| 16 al 27 de noviembre | Lunes a viernes | Hábiles. Si aún no hay ingreso, hay que reclamar (ver más abajo) |
| 28 y 29 de noviembre | Sábado y domingo | No hábiles |
| 30 de noviembre | Lunes | Hábil. Último día del mes |
Los siguientes pagos: de diciembre de 2026 a junio de 2027
Aplicando la regla del SEPE (día 10 o primer día hábil siguiente) a los festivos de ámbito nacional, esta es la fecha de referencia de los próximos meses. En diciembre el 10 es jueves y no hay problema; los cambios llegan en enero y en abril, cuando el día 10 cae en domingo y en sábado.
| Mes de pago | Día 10 | Fecha de referencia | Nota |
|---|---|---|---|
| Noviembre de 2026 | 10 (martes) | martes 10 de noviembre | Sin traslado |
| Diciembre de 2026 | 10 (jueves) | jueves 10 de diciembre | Sin traslado |
| Enero de 2027 | 10 (domingo) | lunes 11 de enero | El 10 es domingo: pasa al lunes |
| Febrero de 2027 | 10 (miércoles) | miércoles 10 de febrero | Sin traslado |
| Marzo de 2027 | 10 (miércoles) | miércoles 10 de marzo | Sin traslado |
| Abril de 2027 | 10 (sábado) | lunes 12 de abril | El 10 es sábado: pasa al lunes |
| Mayo de 2027 | 10 (lunes) | lunes 10 de mayo | Sin traslado |
| Junio de 2027 | 10 (jueves) | jueves 10 de junio | Sin traslado |
La nómina del SEPE es única para todo el territorio, así que la fecha de referencia se calcula con los festivos de ámbito nacional; la lista de festivos de 2027 por comunidades se publica en el BOE en otoño de 2026. Para ver el año completo, incluidas las fechas de renovar la demanda, tienes el calendario de pagos del SEPE y el INSS y el calendario de fechas clave del SEPE 2026-2027.
Cómo paga el SEPE: cuatro reglas que no cambian de un mes a otro
- Mensualidades de 30 días. El SEPE abona la prestación o el subsidio por mensualidades de treinta días dentro del mes siguiente al devengo. Por eso no cobras más en los meses de 31 días ni menos en febrero: lo que varía es cuántos días de derecho te quedan.
- Sin pagas extra. Ni la prestación contributiva ni el subsidio llevan pagas extraordinarias. Si has oído hablar de la «paga de noviembre», es la de las pensiones, que se pagan en 14 mensualidades; el paro se paga en 12.
- Ingreso en la cuenta que indicaste, siempre que seas titular, y en una entidad que figure en el listado de entidades pagadoras del SEPE. Si cambias de banco, avisa por internet en el Área Personal (certificado, Cl@ve permanente o PIN SEPE) con tu IBAN.
- Cada mensualidad caduca al año de su vencimiento (artículo 54.2 de la Ley General de la Seguridad Social). Una mensualidad que no cobras no se puede reclamar sin límite de tiempo.
Con un ejemplo hipotético se ve mejor. Una prestación de 30 euros brutos al día de derecho son 900 euros brutos por mensualidad (30 × 30), tenga octubre 31 días o febrero 28. Si te corresponden 240 días de prestación, que es la duración para entre 720 y 899 días cotizados, son ocho mensualidades exactas (240 ÷ 30) y 7.200 euros brutos en total (30 × 240). Cobradas siete, la octava llegará hacia el día 10 del mes siguiente a su devengo, y el derecho se agota sin que importe cuántos meses naturales hayan pasado.
Qué llega a tu cuenta: de la base reguladora a la nómina
El importe de la prestación contributiva sale de la base reguladora, que es el promedio de las bases de cotización de los últimos 180 días trabajados. Sobre ella se aplica el 70 % los primeros 180 días de cobro y el 60 % desde el día 181, siempre entre un mínimo y un máximo que fija la ley en función del IPREM (600 euros mensuales en 2026) y de los hijos a cargo. Si quieres calcular tu caso, la calculadora del paro lo hace con tus datos; aquí van tres ejemplos con la aritmética hecha.
| Caso (base reguladora diaria) | Cálculo | Mensualidad bruta |
|---|---|---|
| 40 € al día, sin hijos, primeros 180 días | 40 × 0,70 × 30 = 840 | 840 € (está entre el mínimo y el máximo) |
| El mismo caso, desde el día 181 | 40 × 0,60 × 30 = 720 | 720 € |
| 22 € al día, primeros 180 días | 22 × 0,70 × 30 = 462, por debajo del mínimo | 560 € sin hijos o 749 € con algún hijo a cargo |
| 70 € al día, primeros 180 días | 70 × 0,70 × 30 = 1.470, por encima del máximo | 1.225 € sin hijos, 1.400 € con uno, 1.470 € con dos o más (tope 1.575 €) |
| 2026 | Sin hijos a cargo | Un hijo | Dos o más hijos |
|---|---|---|---|
| Mínimo de la prestación contributiva | 560 € | 749 € | 749 € |
| Máximo de la prestación contributiva | 1.225 € | 1.400 € | 1.575 € |
Los subsidios van por otra vía: no dependen de lo que cotizaste, sino del IPREM. En 2026, según el SEPE, el subsidio por agotamiento de la prestación, por cotización insuficiente, para emigrantes retornados y para víctimas de violencia es de 570 euros los 180 primeros días (95 % del IPREM), 540 euros del día 181 al 360 (90 %) y 480 euros desde el 361 (80 %). El subsidio para mayores de 52 años es de 480 euros durante todo el periodo. Para elegir bien entre ambos regímenes, el artículo sobre prestación o subsidio por desempleo lo explica sin rodeos.
Lo que se descuenta antes de que llegue el dinero
- IRPF. El tipo depende del importe anual de prestaciones que prevea cobrar el SEPE y de los datos personales y familiares que le diste. Si tu prestación anual es baja, la retención puede ser cero.
- Tu cuota de la Seguridad Social. Con la prestación contributiva, el SEPE asume la aportación de la empresa y te descuenta el 100 % de la cuota que te corresponde a ti como trabajador.
- Deudas con el SEPE por prestaciones cobradas de más, que pueden compensarse con la nómina.
- Embargos judiciales o administrativos. No se puede embargar la prestación que no supere el salario mínimo (1.221 euros mensuales en 2026), con una excepción: si el embargo es por pensión de alimentos a los hijos o pensión compensatoria, el juez puede ordenar embargar la cuantía completa.
Si prefieres que te retengan más IRPF, por ejemplo porque tienes otros ingresos, puedes pedirlo por escrito cinco días antes de terminar el mes anterior al cobro. Para la nómina del 10 de noviembre, eso significa tenerlo presentado hacia el lunes 26 de octubre; el nuevo tipo se aplica hasta final de año o hasta que renuncies por escrito.
Prestación y subsidio: qué cambia en la misma nómina
| Prestación contributiva | Subsidio por desempleo | |
|---|---|---|
| Fecha de pago | Día 10 o primer día hábil siguiente | La misma nómina del SEPE, la misma fecha |
| Unidad de pago | Mensualidad de 30 días | Mensualidad de 30 días |
| Importe 2026 | 70 % de la base reguladora los 180 primeros días y 60 % después, entre 560 o 749 € y 1.225, 1.400 o 1.575 € | 570 € los 6 primeros meses, 540 € hasta el día 360 y 480 € después; 480 € fijos para mayores de 52 |
| Para seguir cobrando | Renovar la demanda en las fechas del DARDE y cumplir el compromiso de actividad | Lo mismo, y pedir la prórroga cada trimestre de subsidio cobrado |
| Causas habituales de un mes sin cobro | Demanda no renovada, requerimiento sin contestar o IBAN incorrecto | Las mismas, más una prórroga trimestral no pedida a tiempo |
Dos enlaces útiles si algo de esta tabla te suena a deberes pendientes: cómo renovar la demanda de empleo, con el detalle de cada método, y la prórroga del subsidio, que ahora es trimestral. Si el SEPE te suspende la nómina por no renovar, esto es lo que pasa y cómo se reactiva.
Si es tu primer cobro: por qué puede parecer que se retrasa
La nómina del día 10 solo existe cuando hay una resolución que reconoce el derecho. Antes de eso hay un trámite con plazos que se cuentan en días, no en meses de pago. El SEPE tiene 15 días para dictar la resolución desde que la solicitud llega completa y 10 días más para notificarla; si pasan tres meses sin respuesta, la solicitud se considera denegada por silencio y puedes presentar reclamación previa. El detalle de esos plazos está en el artículo sobre el plazo de resolución del SEPE.
Mientras no haya resolución no hay mensualidad que pagar, y el retraso del reconocimiento no se compensa con intereses porque, una vez reconocida la prestación, el SEPE la paga dentro del mes siguiente. Lo que sí conviene es revisar en el Área Personal que no haya un requerimiento de documentación pendiente: según el SEPE, los retrasos de reconocimiento suelen deberse a documentos que faltan o a informes que dependen de otros organismos.
Pasa el día 15 y no hay ingreso: comprobaciones en orden
Antes de llamar a nadie, merece la pena descartar las causas más comunes. Este orden ahorra tiempo porque va de lo que puedes ver tú en dos minutos a lo que requiere cita.
Es la marca que se genera cuando no has cobrado el mes anterior. Según el SEPE, para desbloquearla debes acudir a tu oficina de prestaciones con cita previa, que se pide por internet en la sede electrónica o por teléfono. Cuanto antes la pidas, antes se regulariza lo devengado.
Canales oficiales del SEPE
| Canal | Dato | Para qué |
|---|---|---|
| Atención telefónica a la ciudadanía | 060 (servicio con coste según tu operadora) | Información de prestaciones, trámites y certificados. Es el único teléfono general: los que empiezan por 800 o 807 no son del SEPE |
| Cita previa telefónica | 91 926 79 70, servicio 24 horas | Pedir cita en tu oficina de prestaciones |
| Sede electrónica | sede.sepe.gob.es | Cita previa por internet, Área Personal y consulta de la nómina |
| Buscador de oficinas | sepe.es, red de oficinas | Dirección de tu oficina de prestaciones |
| Información en la web | sepe.es, atención telefónica | Horarios actualizados del 060 y avisos sobre números ajenos al SEPE |
Si prefieres hacerlo paso a paso, cómo pedir cita previa en el SEPE recoge las tres vías con capturas del proceso, y si el problema es un error de acceso a la sede, tienes el error «Datos no válidos» resuelto.
El lunes 2 de noviembre y los plazos de 15 días hábiles
La fecha de la nómina no se mueve por el 2 de noviembre, pero los plazos que se cuentan en días hábiles sí. Es el caso de la prórroga trimestral del subsidio, que se pide en los 15 días hábiles siguientes al final del periodo. La resolución de días inhábiles de 2026 se aplica a la Administración General del Estado y a sus organismos públicos, entre ellos el SEPE, así que ese lunes no suma en las nueve comunidades donde es inhábil y sí suma en el resto. Esto cambia el último día para pedir la prórroga:
| El periodo de subsidio termina el | Último día para pedir la prórroga en el resto de España | Último día en Andalucía, Aragón, Asturias, Canarias, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Extremadura, Madrid y Navarra |
|---|---|---|
| martes 27 de octubre | martes 17 de noviembre | miércoles 18 de noviembre |
| viernes 30 de octubre | viernes 20 de noviembre | lunes 23 de noviembre |
| viernes 6 de noviembre | viernes 27 de noviembre | viernes 27 de noviembre |
El cálculo cuenta desde el día siguiente al final del periodo y descarta sábados, domingos y los festivos de ámbito nacional; los días inhábiles locales que fije el calendario de tu comunidad pueden añadir un día más en tu municipio. Ante la duda, no apures: presenta la solicitud con margen y guarda el justificante.
Hacienda y el paro: lo que cambió y lo que no
El Real Decreto-ley 3/2026, de 3 de febrero, suprimió la obligación de presentar la declaración de la renta por el mero hecho de cobrar el paro. Lo confirma la Agencia Tributaria en su resumen de novedades: desaparece la letra k) del artículo 299.1 de la Ley General de la Seguridad Social. Siguen valiendo los límites generales de obligación de declarar según tus ingresos, pagadores y otras rentas, así que cobrar de más de un pagador o tener otros ingresos puede obligarte igualmente. El artículo sobre la declaración de la renta con paro o subsidio lo desarrolla, y el de quién está obligado a declarar recoge los umbrales.
El certificado de retenciones se solicita en la sede electrónica del SEPE, en la opción de obtener certificados de tu prestación (con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve), o llamando al teléfono de atención. Es el documento que sirve para contrastar lo retenido durante el año con el borrador de la renta.
Errores frecuentes con la fecha de cobro
Preguntas frecuentes
Qué dejar hecho antes del martes 10
Tres comprobaciones de cinco minutos evitan casi todos los sustos: que tu demanda esté en vigor, que el IBAN del SEPE sea el de la cuenta que miras y que no tengas un requerimiento sin contestar en el Área Personal. Con eso hecho, lo normal es que el dinero esté el 10 o en los tres días hábiles siguientes. Si cobras subsidio, anota además la fecha en que acaba tu periodo trimestral, porque en noviembre el 2 de noviembre puede mover tu plazo según tu comunidad.
Guarda una captura de la nómina cada mes. Si algún día hay una discrepancia con el SEPE, tener el historial de importes y fechas ahorra mucha discusión, y el Área Personal solo muestra los últimos movimientos.
- SEPE, preguntas frecuentes: pago y cuantía de las prestaciones
- SEPE, prestación contributiva por desempleo
- SEPE, cuantías anuales de las prestaciones
- SEPE, atención telefónica (060 y cita previa)
- BOE: Resolución de 17 de octubre de 2025, fiestas laborales de 2026
- BOE: Resolución de 18 de noviembre de 2025, días inhábiles de la AGE en 2026
- BOE: Ley General de la Seguridad Social, arts. 54, 268, 269 y 270
- Agencia Tributaria: novedades del Real Decreto-ley 3/2026
- Seguridad Social: pensiones en 14 pagas
- Web informativa no oficial. Fechas calculadas a 14 de octubre de 2026 con la regla del SEPE; consulta tu nómina en el Área Personal del SEPE.

