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Familia y Social

Excedencia por cuidado de hijos: requisitos y duración máxima en 2026

Alejandro 22 min de lectura
Excedencia por cuidado de hijos: requisitos y duración máxima en 2026

Si acabas de tener un hijo, o estás a punto, hay una figura laboral que deberías conocer antes de necesitarla, no cuando ya estés desbordado: la excedencia por cuidado de hijos. Y conviene decirlo claro desde el principio, porque cambia por completo cómo la afrontas: es, con diferencia, la excedencia con mejores condiciones de todas las que existen. Donde la voluntaria te deja a la intemperie, esta te blinda. No exige antigüedad, no te obliga a esperar años entre una y otra, te reserva el puesto y (esto es lo que casi nadie sabe) sigue contando como cotizado para tu jubilación aunque no cobres un euro.

El problema es que mucha gente la confunde con la excedencia voluntaria y renuncia a ella pensando que va a perder el puesto o la antigüedad. No es así. En esta guía vas a ver, sin letra pequeña escondida, qué te da exactamente: cuánto dura, cómo funciona la reserva del puesto tramo a tramo, las ampliaciones que casi nadie reclama, qué derechos conservas mientras estás fuera, cómo se solicita (que no es lo mismo que «pedir permiso») y en qué se diferencia de su modalidad hermana, la de cuidado de familiares.

En una frase

Hasta 3 años por cada hijo, sin antigüedad mínima, con el puesto reservado el primer año y contando como cotizado para tu jubilación durante los tres. No cobras salario, pero conservas casi todo lo demás. Es la excedencia más protectora que existe.

El requisito que no existe (y por qué eso lo cambia todo)

Empecemos por lo que la distingue de golpe. La excedencia voluntaria te pide un año de antigüedad para poder solicitarla; esta, ninguno. Puedes pedirla el primer mes de contrato si tu situación lo exige, porque la ley entiende que el nacimiento o la llegada de un hijo no espera a que lleves un tiempo prudencial en la empresa. Ese detalle, que parece menor, es enorme: significa que ninguna trabajadora o trabajador queda fuera por ser «demasiado nuevo».

Sin antigüedad mínima. A diferencia de la excedencia voluntaria, aquí no se exige ningún tiempo previo trabajado. El derecho nace de tu situación familiar, no de tu veteranía en la plantilla.

Y hay un segundo requisito que tampoco existe: el de esperar cuatro años entre una excedencia y otra, que sí aparece en la voluntaria. Aquí el derecho se genera de forma independiente por cada hijo. Si tienes un hijo este año y otro dentro de dos, puedes solicitar una excedencia por cada uno, sin que la primera bloquee a la segunda. La ley no penaliza que cuides de varios hijos; al contrario, reconoce cada situación por separado.

Cuánto dura

Duración máxima
3 años por hijo
contados desde el nacimiento, la resolución de adopción o el acogimiento

El tope es de tres años por cada hijo, y la cuenta atrás no empieza el día que pides la excedencia, sino en el momento legal del nacimiento, la adopción o el acogimiento. Este matiz importa: si tu hijo tiene ya un año cuando decides solicitarla, dispones de los dos años que restan hasta agotar ese máximo. No se trata de tres años desde que la pides, sino de tres años desde que ese hijo llegó a tu vida.

No estás obligado a tomar los tres de una vez. Puedes pedir un año, ver cómo va, y ampliar después dentro de ese límite. Es habitual empezar con un período que veas manejable y prorrogarlo si la situación lo pide. Lo que no puedes es superar el tope de tres años por ese hijo, ni «guardarte» el sobrante para otro momento una vez cumplida la edad que corresponda.

La reserva del puesto, tramo a tramo

Aquí está el corazón de esta excedencia y su gran diferencia con la voluntaria. La ley blinda tu vuelta, pero no lo hace igual durante todo el período: la protección es más fuerte al principio y se relaja después. Verlo por tramos evita malentendidos.

Primer año
Reserva de tu mismo puesto de trabajo, sin condiciones. El día que vuelvas, tu sitio exacto sigue siendo tuyo.
Año 2 y 3
La reserva pasa a ser de un puesto del mismo grupo profesional o categoría equivalente, no necesariamente el idéntico de antes.
Texto del articulo 46.3 del Estatuto de los Trabajadores sobre la excedencia por cuidado de hijos
El texto literal del art. 46.3 del Estatuto, con la parte de reserva del puesto resaltada. Fuente: BOE.

Traducido: durante los primeros doce meses tu silla está intacta, con tu nombre. A partir de ahí, la empresa te garantiza volver a un puesto equivalente en funciones y salario, aunque no sea físicamente el mismo escritorio. Sigue siendo una protección enorme comparada con la voluntaria, donde ni siquiera eso está garantizado y dependes de que haya vacante. Ese primer tramo de reserva total, además, se puede alargar en varios supuestos que mucha gente ni conoce.

Grafico de los meses de reserva del mismo puesto segun la situacion familiar
La reserva del mismo puesto se amplía en familia numerosa y reparto entre progenitores (elaboración propia).

Las ampliaciones que casi nadie reclama

El primer año de reserva total no es un número fijo para todos. Hay tres situaciones que lo alargan, y como no te las suele recordar nadie, mucha gente no las aprovecha. Si estás en alguna, reclámala por escrito: es un derecho, no un favor.

👨‍👩‍👧 Familia numerosa general
La reserva del mismo puesto se amplía hasta los 15 meses.
👨‍👩‍👧‍👦 Familia numerosa especial
La reserva se amplía hasta los 18 meses.
💡 Tercera ampliación, la más ignorada: si los dos progenitores se reparten la excedencia por el mismo hijo con idéntica duración y régimen, la reserva del mismo puesto se extiende hasta un máximo de 18 meses, sea o no familia numerosa. Repartir la excedencia no solo comparte la crianza: mejora la protección de ambos.
🧮 Calcula tu reserva del mismo puesto
Pulsa tu situación y verás los meses que la ley te garantiza el puesto exacto:
Elige una opción para ver tus meses de reserva garantizada.

Ese último punto merece que te detengas si sois dos. Repartir la excedencia entre ambos progenitores tiene premio legal: alarga el tramo de reserva total del puesto. Es una de esas cosas que la norma incentiva y que, bien planteada, permite organizar la crianza sin que ninguno de los dos se juegue tanto en el trabajo. Vale la pena sentarse a hacer números antes de decidir quién coge qué.

Lo que conservas mientras estás fuera

Aquí es donde esta excedencia se separa definitivamente de la voluntaria. En la voluntaria, mientras estás fuera, casi todos tus derechos se apagan. En esta, en cambio, la mayoría siguen encendidos. Esta es la lista de lo que conservas, y explica por qué, cuando encaja tu caso, casi siempre compensa más que pedir una voluntaria genérica.

📈
Cuenta para la antigüedad. Todo el período computa como tiempo de antigüedad en la empresa. No hay agujero en tu historial.
🧾
Cotización ficticia los primeros 3 años. Se considera efectivamente cotizado a efectos de jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, y nacimiento y cuidado del menor, aunque no cobres salario. Es el derecho más valioso y el más desconocido.
🎓
Derecho a la formación. La empresa debe convocarte a los cursos de formación que organice, especialmente los orientados a tu reincorporación. No puede dejarte fuera por estar en excedencia.
📋
Vía al paro protegida. El tiempo se considera situación asimilada al alta para acceder a la prestación por desempleo si, después de la excedencia, te despiden o tu contrato finaliza.
Comparativa entre la excedencia por cuidado de hijos y la voluntaria
Los cuatro derechos que esta excedencia protege y la voluntaria no (elaboración propia).
⚠️ El único «pero». Con toda esta protección, hay algo que no cambia: no cobras salario. La empresa no paga nada durante la excedencia. Conservas antigüedad, cotización y puesto, pero no ingresos de la empresa. Ese es el precio, y hay que meterlo en la ecuación familiar antes de decidir.

La cotización ficticia, explicada sin tecnicismos

Este punto merece su propio apartado porque es el que más dinero futuro puede suponer y el que peor se entiende. «Cotización ficticia» suena a truco contable, pero es muy real en sus efectos: durante los primeros años de la excedencia, la Seguridad Social hace como si hubieras seguido cotizando, aunque ni tú ni la empresa estéis pagando cotizaciones. Esos meses cuentan para tu futura jubilación, para una posible incapacidad permanente y para las prestaciones por muerte y supervivencia de tu familia.

La diferencia con la voluntaria es abismal. En la voluntaria, esos meses son un cero absoluto: no cotizas y punto, y ese hueco te puede pasar factura al jubilarte. En la de cuidado de hijos, la ley te regala esa cotización para que criar no te penalice la pensión. Si te preocupa cuántos años cotizados llevas o cómo queda tu historial, revisa tu informe de vida laboral: verás reflejados esos períodos protegidos.

Un matiz honesto: la cotización ficticia cubre un tramo de la excedencia, no necesariamente sus tres años completos ni al mismo nivel en todo el período, y los detalles finos pueden variar según tu situación. Pero la idea de fondo es sólida y te conviene tenerla presente: esta excedencia protege tu jubilación de un modo que la voluntaria ni se acerca a igualar.

Si los dos progenitores trabajáis en la misma empresa

Es una situación más común de lo que parece, sobre todo en empresas grandes, y la ley la contempla de forma expresa. Cuando dos trabajadores de la misma plantilla generan este derecho por el mismo hijo, el empleador puede limitar que lo ejerzáis los dos a la vez, si existen razones organizativas justificadas. No es un veto arbitrario: la empresa debe justificar por qué no puede prescindir de ambos simultáneamente.

⚖️ Cómo leerlo. No significa que no podáis cuidar los dos, sino que quizá no en el mismo momento exacto si la empresa acredita un problema organizativo real. Una alternativa habitual es escalonar los períodos: primero uno, después el otro. Y recuerda que repartir la excedencia, aunque sea escalonada, puede daros la ampliación de reserva hasta 18 meses.

La modalidad hermana: cuidado de familiares

Existe una variante muy cercana, pensada para cuando quien necesita cuidados no es un hijo, sino otro familiar. Se parecen, pero sus condiciones no son idénticas, y conviene no mezclarlas. La de cuidado de familiares cubre a parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que, por edad, accidente, enfermedad o discapacidad, no puedan valerse por sí mismos y no desempeñen una actividad retribuida.

👶 Cuidado de hijos
Hasta 3 años por cada hijo. Reserva total el primer año; después, del mismo grupo profesional. Cotización ficticia los primeros años.
👴 Cuidado de familiares
Hasta 2 años (salvo mejora por convenio), por familiares hasta 2º grado que no puedan valerse por sí mismos. Reserva y cotización con reglas propias y algo más limitadas.

La diferencia de duración (tres años frente a dos) responde a la naturaleza de cada situación, y tu convenio colectivo puede mejorar la de familiares. Si tu caso es el cuidado de un padre o una madre mayor, revisa bien tu convenio, porque en esta modalidad es donde más suelen jugar las mejoras sectoriales.

Cómo se solicita (ojo: es un derecho, no una petición)

Hay una diferencia de fondo con la voluntaria que cambia tu posición por completo. La voluntaria necesita la conformidad de la empresa. Esta, no: es un derecho que ejerces, no algo que solicitas «a ver si te lo conceden». Cumpliendo el supuesto (tener un hijo por nacimiento, adopción o acogimiento), la empresa no puede negártela. Aun así, el procedimiento importa, porque deja constancia y te protege.

1. Comunícala por escrito

Indica la fecha de nacimiento, adopción o acogimiento, la fecha de inicio y la duración que vas a tomar. Entrégala con acuse de recibo o por un medio que deje constancia.

2. No dependes de que te la «aprueben»

Al ser un derecho, la empresa no puede denegarla si cumples el supuesto. Solo cabe organizar fechas si los dos progenitores estáis en la misma plantilla.

3. Avisa del reingreso con antelación

Comunica tu vuelta con el margen que marque tu convenio, o con un preaviso razonable si no dice nada. Hazlo también por escrito.

Modelo de comunicación

Para que no partas de cero, este modelo sencillo cubre lo esencial. Fíjate en que aquí el tono es de comunicación de un derecho, no de ruego. Ajusta los datos en naranja a tu caso y guarda tu copia sellada.

Comunicación de excedencia por cuidado de hijo
A la atención del Departamento de Recursos Humanos de [nombre de la empresa].

D./D.ª [nombre y apellidos], con DNI [número] y categoría profesional de [categoría],

Por medio de la presente comunico el ejercicio de mi derecho a excedencia por cuidado de hijo, al amparo del artículo 46.3 del Estatuto de los Trabajadores, respecto de mi hijo/a nacido/a (o adoptado/a) el [fecha].

La excedencia tendrá una duración de [por ejemplo, 1 año], con inicio el [fecha]. Solicito que me confirmen por escrito la recepción de esta comunicación y la fecha prevista de reincorporación.

En [localidad], a [fecha].

Firma: ______________________

Un caso práctico para verlo entero

Pongamos nombres para que no quede en teoría. Marta trabaja en una empresa de logística desde hace tres años y acaba de tener a su segundo hijo. Su pareja, Iván, trabaja en otra compañía. La familia tiene la categoría de numerosa general, así que Marta sabe que su reserva del mismo puesto no es de doce meses, sino de quince. Decide pedir un primer tramo de un año, porque prefiere no comprometerse a más sin ver cómo se organiza la casa.

Durante ese año, Marta no cobra de la empresa, pero pasan varias cosas a su favor: su antigüedad sigue corriendo como si trabajara, esos meses cuentan como cotizados para su futura jubilación gracias a la cotización ficticia, y su puesto exacto la espera. A los diez meses, ve que necesita un poco más de tiempo y comunica por escrito una ampliación de seis meses más; sigue dentro del tope de tres años por hijo, así que no hay problema. Cuando decide volver, avisa con el preaviso que marca su convenio y se reincorpora a su mismo puesto, porque aún está dentro de los quince meses de reserva total por familia numerosa.

¿Y si en lugar de reincorporarse la hubieran despedido nada más volver? Al estar el período asimilado al alta, su acceso al paro habría quedado protegido con las cotizaciones que ya tenía. Fíjate en el contraste: si Marta hubiera pedido una excedencia voluntaria en vez de esta, habría perdido la reserva del puesto, no habría sumado antigüedad, no habría cotizado ni un día y no tendría esa red hacia el paro. Mismo tiempo fuera de la oficina, protección radicalmente distinta. Ese es, resumido en una persona, el motivo por el que esta guía insiste tanto en no confundir las dos figuras.

¿Y el paro? Qué pasa cuando termina la excedencia

Esta es una de las dudas que más angustia genera, y aquí la respuesta es mucho más tranquilizadora que en la voluntaria. El tiempo de excedencia por cuidado de hijos se considera situación asimilada al alta a efectos de la prestación por desempleo. ¿Qué significa eso en cristiano? Que si, al terminar tu excedencia y volver, la empresa te despide, o tu contrato temporal finaliza, no partes de cero: ese período no rompe tu derecho al paro como sí lo haría un vacío sin protección.

Conviene entender bien el matiz para no llevarse una decepción. La excedencia en sí no te da paro (no cobras desempleo por estar cuidando a tu hijo, igual que no cobras salario). Lo que hace la asimilación al alta es proteger tu acceso futuro a la prestación: mantiene vivo el vínculo con el sistema para que, si más adelante te quedas sin empleo, puedas cobrar con las cotizaciones que tenías acumuladas. Es una red de seguridad hacia el futuro, no un ingreso durante la excedencia.

🧭 Compáralo con la voluntaria. En la voluntaria, ni la excedencia ni el hecho de que no te reincorporen por falta de vacante generan derecho a paro. En la de cuidado de hijos, el período queda asimilado al alta y protege tu acceso a la prestación si luego pierdes el empleo. Es otra pieza más del blindaje que hace que esta modalidad casi siempre gane cuando encaja tu caso.

Excedencia, reducción de jornada o permiso: ¿cuál te conviene?

La excedencia no es la única herramienta para conciliar, y elegir mal cuesta dinero y tranquilidad. Antes de pedir tres años fuera, párate a pensar si lo que necesitas es dejar de trabajar del todo o solo trabajar menos. Son caminos distintos con consecuencias muy distintas para tu nómina.

La reducción de jornada por cuidado de hijo te permite recortar tu horario (dentro de unos límites legales) con una rebaja proporcional del salario, pero sigues cobrando por las horas que trabajas y sigues cotizando. Es la opción de quien necesita más tiempo en casa pero no puede permitirse quedarse sin ningún ingreso. La excedencia, en cambio, es el «todo o nada»: te desconectas por completo del trabajo, no cobras, pero conservas el puesto y la cotización ficticia. Y el permiso por nacimiento y cuidado del menor es otra cosa: es un período inicial, más corto, en el que sí cobras una prestación de la Seguridad Social.

La regla práctica es sencilla. Si puedes seguir trabajando a menos horas y necesitas el sueldo, la reducción de jornada suele ganar. Si necesitas desconectarte del todo durante una temporada larga y tu economía familiar lo aguanta, la excedencia por cuidado de hijos es imbatible por su protección. Y nada te impide encadenarlas: agotar el permiso por nacimiento, luego una excedencia, y al volver una reducción de jornada. La ley permite combinar estas figuras para adaptarlas a cada etapa.

El coste real: haz números antes de decidir

Con toda la protección que ofrece, esta excedencia tiene un coste evidente que no conviene minimizar: los meses sin salario. Y ese coste no es solo el sueldo que dejas de ingresar; es también lo que dejas de aportar a la economía familiar en un momento, la llegada de un hijo, en el que los gastos suelen dispararse. Por eso, antes de decidir la duración, merece la pena sentarse con lápiz y papel.

Haz una cuenta honesta de tres cosas: cuánto dejarás de ingresar durante el período que quieres pedir, qué gastos nuevos vais a tener, y con qué colchón o qué segundo sueldo contáis mientras tanto. A veces el resultado es que compensa pedir un año en lugar de tres, o repartir la excedencia entre los dos progenitores para que ninguno pierda el sueldo entero de golpe. Recuerda que puedes empezar con un tramo corto y ampliar después: no tienes que comprometerte a los tres años desde el minuto uno.

Un apunte sobre el futuro que casi nadie mete en la cuenta: gracias a la cotización ficticia, esos meses no te penalizan la jubilación, así que el «coste» es prácticamente todo presente (el salario que no cobras) y muy poco futuro. Eso hace que, bien planificada, esta excedencia sea una de las decisiones de conciliación con mejor relación entre lo que cuesta y lo que protege. Si además cubres algún hueco con un convenio especial con la Seguridad Social, el impacto a largo plazo es mínimo.

Volver antes de tiempo o ampliar la excedencia

La vida no siempre sigue el plan. Puede que pidieras dos años y a los ocho meses necesites volver a trabajar, o al revés: que pidieras uno y quieras estirarlo. Las dos cosas suelen ser posibles, con matices. Para ampliar, basta con comunicarlo por escrito antes de que termine el período en curso, sin superar el tope de tres años por ese hijo. Para acortar y reincorporarte antes, comunícalo también por escrito y con una antelación razonable; conviene mirar el convenio, porque algunos fijan un preaviso concreto.

Lo importante es dejar todo por escrito y con acuse de recibo, tanto la ampliación como el adelanto. En un derecho tan protegido como este, los problemas rara vez vienen del fondo del asunto y casi siempre de la forma: un aviso que no se dio en plazo, una comunicación verbal que nadie recuerda igual. Con el papeleo ordenado, entrar y salir de la excedencia es un trámite sin sobresaltos.

Errores que conviene evitar

  • Confundirla con la voluntaria y renunciar a ella. Pierdes la reserva de puesto y la cotización ficticia sin necesidad.
  • No reclamar la ampliación de reserva. Familia numerosa o reparto entre progenitores alargan tu primer tramo protegido; nadie te lo recuerda.
  • Pensar que la empresa puede denegártela. No puede: es un derecho, no una autorización a su criterio.
  • Olvidar el preaviso de reincorporación. Aunque el puesto esté reservado, avisa en plazo y por escrito.
  • No planear el reparto entre los dos. Repartir mejora la protección y organiza mejor la crianza.
  • Ignorar el convenio. Puede mejorar duración, reserva o cotización por encima del mínimo legal.

Dudas que suelen surgir

¿Puedo pedir una excedencia por cada hijo?
Sí. El derecho se genera de forma independiente por cada hijo, sin el límite de cuatro años de espera entre solicitudes que sí tiene la excedencia voluntaria. Cada hijo abre su propio derecho de hasta tres años.
¿Los dos progenitores pueden cogerla a la vez?
Sí, salvo que trabajéis en la misma empresa y esta limite el disfrute simultáneo por razones organizativas justificadas. Además, repartir la excedencia con la misma duración y régimen amplía la reserva del mismo puesto hasta 18 meses.
¿Cobro algo durante la excedencia?
No hay salario de la empresa en ningún momento. Sí conservas antigüedad y cotización ficticia los primeros años. Al margen de esta figura, algunas comunidades autónomas tienen ayudas por cuidado de hijos que conviene consultar por separado.
¿Puedo acortar la duración que pedí?
Por lo general sí, comunicándolo con la antelación adecuada. Conviene confirmar el plazo exacto con Recursos Humanos o en tu convenio, pero volver antes de lo previsto suele ser posible avisando por escrito.
¿Me pueden despedir estando en excedencia por cuidado de hijos?
Un despido durante esta excedencia recibe una protección reforzada: si no hay causa objetiva acreditada y ajena a tu situación, tiende a considerarse nulo, con readmisión obligatoria. No es un blindaje absoluto, pero sí una protección muy superior a la de la excedencia voluntaria.
¿La excedencia cuenta para mi jubilación?
Sí, y esta es su gran ventaja. Durante los primeros años se aplica una cotización ficticia que hace que esos meses cuenten como cotizados para la jubilación y otras prestaciones, aunque no percibas salario ni se paguen cotizaciones reales.
¿Puedo trabajar en otro sitio durante esta excedencia?
La figura está pensada para el cuidado del hijo, no para compatibilizar otro empleo, y hacerlo puede entrar en contradicción con la finalidad del derecho. Si tu situación cambia y necesitas trabajar, lo prudente es consultar tu caso antes de compaginar, porque no es lo previsto en esta modalidad.

Contenido revisado en agosto de 2026. La excedencia por cuidado de hijos se rige por el Estatuto de los Trabajadores y por tu convenio colectivo, que puede mejorar estas condiciones; confirma los detalles de tu caso antes de solicitarla.

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