Darte de alta como autónomo en España son en realidad dos trámites distintos con dos organismos distintos que mucha gente confunde. Uno es con Hacienda — para que sepa que vas a ejercer una actividad económica y vas a emitir facturas. El otro es con la Seguridad Social — para cotizar y tener derecho a prestaciones.
Ninguno de los dos es especialmente difícil. El problema es que hay decisiones que tomar en el camino — qué modelo rellenar, qué epígrafe elegir, qué base de cotización seleccionar — y nadie te las explica antes de que estés delante del formulario.
Antes de empezar — reúne esto
PARTE 1 — Alta en Hacienda: modelo 036 o 037
¿Cuál de los dos modelos?
El epígrafe IAE — cómo elegir tu actividad
El IAE (Impuesto de Actividades Económicas) clasifica todas las actividades económicas con un código numérico. Tienes que elegir el que mejor describe lo que vas a hacer. No hay un único código correcto para cada profesión — hay que buscar el más próximo.
| Código IAE | Actividad | IVA habitual |
|---|---|---|
| 741 | Servicios técnicos de ingeniería, consultoría | 21% |
| 763 | Programación, consultoría informática | 21% |
| 769 | Otros servicios informáticos, diseño web | 21% |
| 841 | Servicios jurídicos (abogados, asesores) | 21% |
| 849 | Otros servicios profesionales (marketing, comunicación) | 21% |
| 932 | Enseñanza: profesores particulares | Exento |
| 861 | Médicos y sanitarios | Exento |
| 504 | Instalaciones (electricidad, fontanería…) | 21% |
| 661 | Comercio al por menor (tiendas, e-commerce) | 21% |
| 971 | Peluquerías, estética, belleza | 21% |
Paso a paso en la sede de la AEAT
PARTE 2 — Alta en el RETA (Seguridad Social)
Una vez dado de alta en Hacienda, ya puedes hacer el alta en la Seguridad Social. Si lo haces online, el proceso dura unos 10 minutos.
Al darte de alta en el RETA tienes que elegir con qué base de cotización empiezas. Esta base determina cuánto pagas al mes y cuánto cobrarías en caso de baja médica, paro o jubilación. Bajo el nuevo sistema de tramos por ingresos reales, debes elegir el tramo que se acerque a lo que crees que vas a ganar.
Las decisiones que más impacto tienen — y que puedes cambiar después
La tarifa plana — lo que pasa en los primeros meses
(si ganas < SMI)
El caso de Raquel — los errores que no cometió
Llamémosla Raquel, 29 años, diseñadora gráfica que trabaja para varias agencias. Antes de darse de alta hizo tres cosas que le ahorraron problemas: habló con una gestoría una hora (40 €), eligió el epígrafe 769 de «otros servicios informáticos» que encajaba mejor que el de diseño genérico, y se dio de alta con la tarifa plana el primer día que empezó a facturar.
En el RETA eligió el tramo mínimo (80 €/mes de tarifa plana) y contrató el cese de actividad. «Me costó 5 minutos añadirlo y son 2 euros más al mes — si algún día tengo que cerrar me alegro de haberlo puesto».
A los 8 meses veía que iba a superar claramente el SMI. Subió su base de cotización al tramo 5 (301 €/mes) para que la regularización de final de año no le pillara con una diferencia grande. Cuando pasó del primer año y perdió la tarifa plana, ya llevaba meses pagando lo que le correspondía.
Alta presencial — si no quieres hacerlo online
- Oficina de la AEAT más cercana
- Con cita previa (sede.agenciatributaria.gob.es)
- Lleva: DNI y el modelo 037 cumplimentado
- O pide que te ayuden a rellenarlo allí
- Oficina de la TGSS más cercana
- Con cita previa (seg-social.es)
- Lleva: DNI, alta en Hacienda ya hecha, IBAN
- Te darán el documento de alta en el momento
Lo que pasa después del alta — los primeros trámites
| Trámite posterior | Cuándo | Qué es |
|---|---|---|
| Pago primera cuota RETA | Fin del mes del alta o siguiente | Se domicilia automáticamente del IBAN que indicaste |
| Modelo 130 — primer trimestre | Hasta el 20 de abril | Pago fraccionado de IRPF: 20% del rendimiento neto del trimestre |
| Modelo 303 — primer trimestre | Hasta el 20 de abril | Liquidación de IVA: IVA repercutido menos IVA soportado |
| Modelo 347 | Febrero del año siguiente | Declaración de operaciones con terceros que superen 3.000 € anuales |
| Declaración de la Renta | Abril–junio del año siguiente | Los autónomos siempre están obligados a presentarla |
Preguntas frecuentes
¿Puedo darme de alta como autónomo sin tener clientes todavía?
Sí. No tienes que demostrar que tienes clientes para darte de alta. Lo que sí tienes que hacer es darte de alta en el momento en que empiezas a ejercer la actividad — no cuando tengas el primer cliente, sino cuando empieces a trabajar para conseguirlo.
¿Qué pasa si me doy de alta en Hacienda pero no en el RETA?
Tendrías el alta fiscal pero no el alta en Seguridad Social. La Seguridad Social cruzará datos con Hacienda y te reclamará las cotizaciones desde el inicio de la actividad, más los recargos e intereses correspondientes. Siempre hay que hacer los dos trámites.
¿Puedo darme de alta y de baja en el RETA varias veces en el año?
Sí, hasta 3 veces al año. Cada vez que te das de baja pagas la cuota proporcional a los días del mes en que estuviste dado de alta. Esto es útil para actividades estacionales. Pero recuerda que cada baja también supone darte de baja en Hacienda.
¿La tarifa plana se aplica automáticamente o hay que pedirla?
Se aplica automáticamente cuando te das de alta por primera vez (o después de haber estado más de 2 años sin estar en el RETA). No tienes que hacer ningún trámite adicional — al registrarte ya se reconoce el derecho y los 80 €/mes se aplican directamente.
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Sobre el autor: Alejandro lleva más de 3 años ayudando a ciudadanos a entender y gestionar sus prestaciones, subsidios y trámites ante el SEPE, el INSS y otros organismos públicos. Toda la información publicada en este portal se contrasta con fuentes oficiales antes de su publicación.
Fuentes de referencia: sepe.es · seg-social.es · BOE · sede.sepe.gob.es · LGSS · Ley 19/2021 · Ley 39/2015
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