
Cerrar un negocio lleva cinco minutos en una frase.
En la vida real puede significar meses mirando una cuenta que baja, facturas que siguen llegando y esa conversación bastante desagradable contigo mismo sobre cuánto tiempo más vas a aguantar.
Después llega la parte administrativa. Baja en Hacienda. Baja en el RETA cuando corresponda. Y una pregunta que muchos autónomos hacen con toda la lógica del mundo: llevo años pagando mi cuota, ¿ahora tengo paro?
Aquí conviene separar dos cosas desde el principio. Existe una protección por cese de actividad para trabajadores autónomos. Pero cerrar una actividad y encontrarse en una situación legal de cese no son exactamente la misma cosa. El matiz parece de abogado hasta que presentas una solicitud. Entonces deja de parecer pequeño.
La prestación no se reconoce porque hayas pulsado el botón de baja ni porque el negocio haya dejado de facturar. Hay que encontrarse en una de las situaciones legales previstas y cumplir el resto de requisitos. Por eso en esta página no vamos a empezar preguntándote por tu base de cotización. Primero qué ha pasado con tu actividad. Después calculamos el dinero.
He cerrado. ¿Ahora qué?
Antes de calcular euros, veamos qué has cerrado y por qué. La herramienta ordena tu situación según las causas y requisitos generales del cese de actividad.
Tus respuestas se procesan en el navegador. No se envían ni se guardan.Darte de baja y tener derecho al cese son dos trámites distintos
Una baja administrativa acredita que has comunicado el fin de una actividad. No convierte por sí sola el motivo de ese cierre en una situación legal protegida.
Un caso bastante normal: un autónomo lleva dos años con una tienda online, las ventas han caído y decide que no quiere seguir poniendo dinero. Puede cerrar. Puede tramitar sus bajas. Pero cuando solicita el cese de actividad aparece una pregunta distinta: ¿qué situación legal de cese estás acreditando?
Ahí entran los motivos económicos, técnicos, productivos u organizativos en los términos legales; la fuerza mayor; la pérdida de una licencia administrativa necesaria; determinados supuestos de violencia de género o sexual; y el divorcio o separación en el supuesto específico regulado para la ayuda familiar en el negocio, entre otras situaciones previstas. La Ley General de la Seguridad Social regula estas situaciones en su artículo 331. No todas se prueban igual.
LA IDEA CENTRAL DE ESTA PRESTACIÓN
Pulsar el botón de baja no responde esta pregunta.
ESTA PREGUNTA
El autónomo también puede cesar sin bajar la persiana para siempre
«Mi negocio iba mal» necesita números cuando llega al expediente
Aquí es donde muchos autónomos se llevan el golpe. En una conversación normal, decir que el negocio iba mal puede ser más que suficiente. Sabes lo que facturabas, sabes lo que pagabas y sabes cuántas veces has metido dinero personal para cubrir gastos.
La ley, sin embargo, utiliza criterios concretos. En el supuesto de pérdidas derivadas del desarrollo de la actividad, la regulación contempla pérdidas en un año completo superiores al 10 % de los ingresos obtenidos en ese mismo periodo, excluyendo el primer año de inicio de la actividad.
El comprobador de la herramienta principal calcula ese porcentaje de forma orientativa. Un ejemplo con números: una actividad obtiene 60.000 euros de ingresos en un año completo y las pérdidas acreditadas son de 8.000 euros. El cálculo da 8.000 / 60.000 × 100 = 13,33 %. Numéricamente supera el 10 % previsto para este supuesto. Eso no significa que un botón pueda conceder la prestación: todavía hay que acreditar la situación y cumplir los demás requisitos. Cambia los números: ingresos de 60.000 y pérdidas de 4.000. El resultado es 6,67 % y no se supera el umbral de ese supuesto concreto. Puede existir otra causa, pero la herramienta no puede inventarla.
¿Cuánto cobra un autónomo de paro en 2026?
Con carácter general, la base reguladora es el promedio de las bases por las que se hubiera cotizado durante los doce meses continuados e inmediatamente anteriores a la situación legal de cese. Sobre esa base reguladora se aplica, con carácter general, el 70 %.
Ahora sí: vamos a los euros
Para la regla general necesitamos las bases de los 12 meses continuados e inmediatamente anteriores al cese. El promedio es la base reguladora. Sobre ella se aplica, con carácter general, el 70 %.
¿Por qué la calculadora usa el 70 %? +
Si las doce bases fueron iguales, la cuenta es sencilla: base mensual de 1.200 euros, resultado 1.200 × 70 % = 840 € antes de aplicar los topes que correspondan. Si las bases cambiaron, no cojas la última y la multipliques por 0,70. Ejemplo: seis meses a 1.000 € y seis a 1.400 €. La media es 1.200 €. El 70 % vuelve a ser 840 €. La última base era 1.400 €. La base reguladora del ejemplo no. Ese detalle puede evitar una estimación bastante inflada.
¿Cuántos meses de paro tiene un autónomo?
La duración no depende de la edad ni existe una regla de «un mes por cada tres cotizados». La escala sigue el artículo 338 de la Ley General de la Seguridad Social. Se tienen en cuenta las cotizaciones efectuadas dentro de los 48 meses anteriores al cese y al menos 12 meses deben estar dentro de los 24 inmediatamente anteriores.
¿Cuántos meses de prestación me corresponden?
Calcula la duración según la escala del artículo 338 de la LGSS.
Escala legal, artículo 338 LGSS
| Meses cotizados (ventana 48 m.) | Duración de la prestación |
|---|---|
| De 12 a 17 meses | 4 meses |
| De 18 a 23 meses | 6 meses |
| De 24 a 29 meses | 8 meses |
| De 30 a 35 meses | 10 meses |
| De 36 a 42 meses | 12 meses |
| De 43 a 47 meses | 16 meses |
| 48 meses | 24 meses |
¿El paro de autónomos se pide al SEPE?
Es bastante lógico buscar «paro autónomos SEPE». La palabra paro nos lleva mentalmente al SEPE. Pero la prestación por cese de actividad tiene su propia gestión. La solicitud se dirige, con carácter general, a la mutua colaboradora con la Seguridad Social con la que se tenga cubierta la protección.
El plazo no son «15 días desde que cierras»
Con carácter general, la solicitud puede presentarse hasta el último día del mes siguiente a aquel en que se produjo el cese. Si se presenta fuera de plazo, el derecho nace el día de la solicitud y se pierden tantos días de prestación como medien entre el final del plazo y la fecha real de presentación.
La documentación cambia cuando cambia el motivo
SEPE, MUTUA O SEGURIDAD SOCIAL, ¿DÓNDE SE PRESENTA?
CALCULADORA DE PLAZO, ÚLTIMO DÍA DEL MES SIGUIENTE
DOCUMENTOS QUE PUEDEN SER RELEVANTES SEGÚN EL MOTIVO
Estoy al corriente, he cotizado 24 meses y he cerrado: ¿ya está?
No. Las tres afirmaciones pueden ser verdad o mentira de forma independiente. Puedes haber cotizado y seguir abierto. Puedes haber cerrado sin alcanzar el periodo mínimo. Y puedes haber cotizado y cerrado voluntariamente sin haber identificado una situación legal de cese. El expediente no pregunta únicamente cuánto tiempo has pagado. También necesita encajar el motivo del cese dentro de la regulación y comprobar el resto de requisitos.
¿Qué pasa con la cuota mientras cobras el cese?
La respuesta depende de la modalidad. En la protección general por cese existe acción protectora vinculada a la cotización. En determinados supuestos de cese temporal parcial, la mutua abona junto con la prestación el 50 % de la cotización calculada en los términos aplicables, siendo el autónomo responsable del ingreso de la totalidad de las cotizaciones ante la TGSS.
Si estabas cobrando paro antes de hacerte autónomo
Hay autónomos que no llegan a esta prestación desde cero. Antes de iniciar la actividad estaban cobrando una prestación por desempleo que quedó suspendida. Si tras el trabajo por cuenta propia existe derecho al cese de actividad, puede existir una opción entre percibir el cese o continuar con la protección por desempleo que había quedado suspendida, con los efectos correspondientes sobre las cotizaciones utilizadas.
Tres cierres que parecen iguales hasta que miras el motivo
Los tres son autónomos. Los tres han dejado de trabajar como antes. Solo mirar la base de cotización no permite resolver los tres expedientes.
Tres cierres. Tres expedientes distintos.
CIERRE¿Los autónomos tienen paro en 2026?
70 %¿Cuánto cobra un autónomo de paro?
CUOTA¿Cómo se calcula la base reguladora del cese de actividad?
CIERRE¿Si cierro voluntariamente mi negocio puedo cobrar el paro de autónomos?
DURACIÓN¿Cuántos meses tengo que cotizar para cobrar el cese de actividad?
DURACIÓN¿Cuánto dura el paro de un autónomo?
PÉRDIDAS¿Tengo que demostrar pérdidas para cobrar?
PÉRDIDAS¿Qué porcentaje de pérdidas se exige?
MUTUA¿El paro de autónomos se pide al SEPE?
PLAZO¿Hasta cuándo puedo solicitar el cese de actividad?
PLAZO¿Qué ocurre si solicito la prestación fuera de plazo?
CUOTA¿Puedo cobrar el cese si tengo cuotas pendientes?
PARCIAL¿Existe cese parcial para autónomos?
PARCIAL¿El cese parcial se cobra al 70 %?
CIERRE¿Puedo cobrar el cese si he llegado a la edad de jubilación?
DOCUMENTOS¿La calculadora de PortalPrestaciones concede el derecho al paro?
De dónde sale cada regla
- Ley General de la Seguridad Social, Texto consolidado (arts. 327–339)
- Seguridad Social, Protección por cese de actividad
- Carpeta oficial de documentación para el cese de actividad
- BOE, Real Decreto-ley 13/2022 (reforma del cese de actividad)
Contenido revisado en julio de 2026.
La cuenta del 70 % cabe en una calculadora de bolsillo. El problema del cese de actividad nunca ha sido ese.
Un autónomo puede saber perfectamente cuánto ha cotizado durante los últimos doce meses y seguir sin tener clara la respuesta más importante: qué causa va a acreditar cuando presente la solicitud.
Por eso hemos hecho el cálculo al revés de muchas páginas. Primero el cierre. Después el motivo. Luego la cotización. Y solo entonces los euros. Si las doce bases fueron de 1.200 euros, la regla general del 70 % lleva a 840 euros antes de aplicar los límites correspondientes. La multiplicación no tiene misterio. Ahora bien, esos 840 euros no convierten un cierre voluntario en una situación legal de cese. Tampoco sustituyen los documentos.
Si acabas de cerrar, empieza por una pregunta bastante menos agradable que «¿cuánto voy a cobrar?»:
¿POR QUÉ HE CESADO Y CÓMO PUEDO ACREDITARLO?
Cuando esa parte está clara, la calculadora empieza a ser útil de verdad.

